SIN INFORMACION

ALBALA/22º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO (LTE) A LA VISTA I.C.N° 12471-2023

Rol

Fecha

2 de octubre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparecen don Marcelo Guerrero Sierra, abogado, por la demandada Mónica Albala Chamudes, en relación con los autos Rol C-2753-2022, seguidos ante 22° Juzgado Civil de Santiago, caratulados “Albala con Albala”, deduce falso recurso de hecho en contra de la resolución de primero de agosto pasado, al folio 88 del cuaderno principal, por la que se concedió recurso de apelación deducido subsidiariamente por los demandantes, solicitando a esta Corte que acogiendo el presente recurso de hecho, declare inadmisible dicha impugnación, que actualmente se encuentra ingresada con el Rol IC N° 12471-2023. Señala que en la causa tramitada ante el tribunal a quo, con fecha 18 de julio de 2023, de folio 82, se accedió a diligencias probatorias solicitadas por su parte el día 30 de junio del presente, de folio 72 y 73, consistente en oficiar a la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), a fin de que dicho organismo le remita al tribunal información relativa a las cuentas bancarias de los demandantes. Luego, por presentación de fecha 24 de julio de 2023, de folio 86, la parte demandante dedujo recurso de reposición en contra de la ya mencionada resolución de fecha 18 de julio de 2023, alegando una supuesta improcedencia de dichas peticiones. En el segundo otrosí de dicha presentación, en contra de la misma resolución, dedujo recurso de apelación en carácter de subsidiario, lo que fue resuelto el 1 de agosto de 2023, a folio 88, rechazándose la reposición, pero concediendo el recurso de apelación que por esta vía se reclama, Afirma que en la especie se trata de una diligencia de prueba, por lo que la resolución sería inapelable en virtud de lo preceptuado en el artículo 326 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto su inciso segundo es claro al disponer que “Son inapelables la resolución que dispone la práctica de alguna diligencia probatoria y la que da lugar a la ampliación de la prueba sobre hechos nuevos alegados durante el término p

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 158, 187, 188,189 y 196 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se acoge el recurso de hecho deducido en representación de la parte demandada en los autos Rol C-2753-2022, seguidos ante 22° Juzgado Civil de Santiago, en contra de la resolución de 1 de agosto del año en curso, que concedió el recurso de apelación planteado por la demandante, y en su lugar se declara inadmisible la apelación deducida en contra de la referida resolución que rola bajo el folio 88 de la carpeta digital. Agréguese copia de la presente sentencia en el Ingreso Corte N° Rol IC N° 12471-2023 y cumplido, pasen los autos a la Sala Tramitadora, para los fines que sean pertinentes. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Civil-12823-2023.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, dos de octubre de dos mil veintitrés. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparecen don Marcelo Guerrero Sierra, abogado, por la demandada Mónica Albala Chamudes, en relación con los autos Rol C-2753-2022, seguidos ante 22° Juzgado Civil de Santiago, caratulados “Albala con Albala”, deduce falso recurso de hecho en contra de la resolución de primero de agosto pasa

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