1º JUZGADO DE LETRAS DE LA SERENA

FERNÁNDEZ SIMUNOVIC, DIEGO/MUÑOZ CORTES, GONZALO

Rol

Fecha

6 de octubre de 2023

Materia

REVOCATORIAS, ACCIÓN PAULIANA

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, la presente causa dice relación con una demanda de acción pauliana o revocatoria deducida en contra de Víctor Eugenio Boskovic Boskovic y Gonzalo Antonio Muñoz Cortés por Eugenio Patricio Cortés Caroca y Diego Ramón Jerónimo Fernández Simunovic. SEGUNDO: Que, por sentencia de seis de octubre de dos mil veintidós el tribunal a quo rechazó la demanda en cuestión sin condenar en costas a los demandantes por estimar que habían tenido motivos plausibles para litigar. TERCERO: Que, en contra de dicha sentencia se alzó la parte demandante vía recurso de apelación cuestionando, básicamente, el razonamiento y valoración de la prueba que hizo el juez a quo. CUARTO: Que, con el fin de confirmar su argumento en cuanto a la concurrencia de todos los requisitos para dar lugar a la acción pauliana intentada, en esta sede la demandante acompañó con citación Certificado de nacimiento de don Víctor Boskovic Boskovic, y Copia de perfil público de “Linkedin” de doña Trinidad Fernández Sepúlveda, y Certificado de nacimiento de Gaspar Andrés Muñoz Fernández, emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación, de fecha 20 de septiembre de 2023. QUINTO: Que, dicho antecedente por sí solo no es suficiente para entender concurrente la mala fe que el legislador exige en esta materia, al no ser univoco de la presencia de la misma y aquello menos aún se puede desprender con alguna claridad de la vinculación de dicho documento con la confesional prestada en autos por el demandado Gonzalo Antonio Muñoz Cortés, teniendo en consideración el tenor de las respuestas dadas en dicha diligencia. SEXTO: Que, así las cosas, no queda más que confirmar la sentencia en alzada, pues, las alegaciones contenidas en el libelo recursivo, como aquellas expuestas en estrado por el apoderado de la recurrente, no contradicen el razonamiento plasmado en el

Fallo

fallo en estudio, en cuanto a la no concurrencia de la totalidad de los supuestos de la acción de marras, en particular, la presencia de un actuar fraudulento del deudor, o sea, con el ánimo de perjudicar al acreedor. SEPTIMO: Que, al haber sido totalmente vencida en esta sede la parte demandante, y según mandata el artículo 144 del Código de Procedimiento Civil, se le condenará en costas de la instancia. Y visto lo dispuesto en los artículos 186, 223 y 227 del Código de Procedimiento Civil, se confirma, con costas, la sentencia apelada de seis de octubre de dos mil veintidós, íntegramente transcrita en esta carpeta digital. Regístrese, notifíquese y devuélvase en su oportunidad. Redacción del Ministro señor Le-Cerf Raby.-. Rol I.C. N° 150-2023.-. Civil.-.

Texto Completo (Preview)

Fernández Simunovic, Diego Muñoz Cortés, Gonzalo Acción pauliana, revocatoria Rol N° 150-2023.- (1365-2021 del Primer Juzgado de Letras de La Serena) La Serena, seis de octubre de dos mil veintitrés.-. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, la presente causa dice relación con una demanda de acción pauliana o revocatoria deducida en contra de Víctor Eugenio Boskovic Boskovic y Gonzalo Antonio Muñoz C

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