SIN INFORMACION

ALEXIS RICARDO HERNANDEZ GONZALEZ/12° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO

Rol

Fecha

2 de octubre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que, el 19 de septiembre de 2023, recurre de amparo don Alejandro Peña Ceballos, abogado defensor particular, en favor de Alexis Hernández González, condenado en la causa RIT 3518-2017, del 12° Juzgado de Garantía de Santiago, en contra de la resolución de 14 de septiembre de 2023, que rechazó la solicitud de declaración de media prescripción, solicitando dejarla sin efecto y acoger la petición, reduciendo en conformidad al artículo 103 del Código Penal la pena impuesta en un grado, esto es, a 541 días presidio menor en su grado medio, la que estaría cumplida con el tiempo ya abonado en la causa. Indica que Hernández González fue condenado el 6 de noviembre de 2018 a la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, como autor del delito consumado de porte ilegal de arma de fuego, sustituyéndose por la de Libertad Vigilada Intensiva. Señala que esta pena se suspendió el 28 de agosto por habérsele impuesto prisión preventiva en la causa RIT: 3425-2019 del Juzgado de Garantía de San Antonio, en la que finalmente el 12 de marzo de 2020 es condenado a la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, como autor del delito consumado de tráfico ilícito de drogas, en la que se le concedió la libertad condicional, cumpliéndose la pena el 1 de abril de 2022. Expone que no se presentó a cumplir su condena en esta causa RIT: 3518-2017, del 12° Juzgado de Garantía de Santiago y se despachó orden de detención el 27 de abril de 2022, siendo habido el 20 de agosto de 2023, dándose orden de ingreso para cumplir la pena originalmente impuesta. Sostiene que, desde la fecha del quebrantamiento - 12 de marzo de 2020, de pleno derecho de conformidad al artículo 27 de la Ley 18.216-, en que fue condenado por el Juzgado de Garantía de San Antonio, ha transcurrido más de la mitad del plazo para la prescripción de pena del simple delito por el que fue condenado. Agrega que según su extracto de filiación penal no r

Fundamentos

considerando que Hernández González mantenía, a fecha de celebración de la audiencia (14 de septiembre de 2023), 709 días de abono debidamente certificados. Segundo: Que informó Marcelo Ovalle Bazán, Juez Titular del 12° Juzgado de Garantía de Santiago, indicando que por sentencia de 6 de noviembre de 2018 el recurrente fue condenado como autor de un delito consumado de porte ilegal de armas de fuego y municiones a la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, concediéndosele la pena sustitutiva de Libertad Vigilada Intensiva. Expone que en audiencia de 16 de diciembre de 2021 se revocó, por el sólo ministerio de la ley, la pena sustitutiva antes indicada, acorde al artículo 27 de la Ley N° 18.216, por haber sido condenado en causa diversa, en este caso, RIT: 3425-2019 del Juzgado de Garantía de San Antonio. Explica que el 27 de abril de 2022 se declaró la rebeldía y sobreseimiento temporal del imputado. Una vez habido, en audiencia de control de detención de 20 de agosto del presente, se dio orden de ingreso en calidad de rematado, por revocación de pena sustitutiva, sin pronunciamiento sobre dejar sin efecto rebeldía y sobreseimiento temporal. Hace presente que consta en la historia de la causa, un certificado de viajes de 14 de abril del presente, donde no constan salidas del imputado desde el 6 de noviembre de 2018, hasta la fecha del informe. Agrega que consta en la causa el Ordinario 327/2023 del CRS de San Antonio, de 12 de junio de 2023, por el cual se comunica al Tribunal el incumplimiento de la pena sustitutiva por haber sido condenado en causa antedicha del Juzgado de Garantía de San Antonio. Añade que consta en la causa, también, el Ordinario 352-2023, del CRS de San Antonio, de 28 de junio de 2023, donde se informa al Tribunal que el imputado, de la libertad vigilada intensiva, cumplió 231 días, lapso el cual debe abonarse, si fuere el caso, de manera proporcional acorde al artículo 26 de la Ley N° 18.216. Señala que, según extracto de filiación del imputado, la última condena que registra es de 12 de marzo de 2020, en causa RIT: 3425-2019, condenado por el Juzgado de Garantía de San Antonio, a tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, por tráfico ilícito de drogas. Indica que, en la historia de la causa, consta certificación de ministro de fe del tribunal, respecto de causa 3425-2019 del Juzgado de Garantía de San Antonio, sobre concesión de libertad condicional. Finalmente, sostiene que en audiencia de 14 de septiembre del corriente la defensa del imputado solicitó al tribunal la media prescripción, considerando, según la defensa, que el plazo de prescripción corresponde a cinco años por ser una pena de simple delito y por haber transcurrido más de dos años y medio desde el quebrantamiento de la libertad vigilada intensiva hasta la detención del imputado, petición que el tribunal rechazó porque el imputado fue condenado como autor de un delito de porte ilegal de armas de fuego y municion

Texto Completo (Preview)

Certifico que se anunció y alegó en la Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de San Miguel, por el recurso de amparo el abogado señor Camilo Cereño. San Miguel, 2 de octubre de 2023. Enrique Cossio Vásquez, relator. San Miguel, dos de octubre de dos mil veintitrés. A los escritos folio 17 y 18: Téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, el 19 de septiembre de 2023, recurre de

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