JOSE IGNACIO VIDAL ALCALDE C/ XIMENA VIDAL VELOSO
Rol
Fecha
2 de octubre de 2023
Materia
FALSIFICACION O USO MALICIOSO DE DOC PÚBL ART. 193,194,196
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos: 1°. El abogado de la parte querellante dedujo recurso de apelación en contra de la resolución dictada con fecha doce de septiembre del año en curso, por el 4° Juzgado de Garantía de Santiago, que no hizo lugar a la solicitud de que se decretara la reapertura de la investigación, de conformidad al artículo 257 del Código Procesal Penal. 2°. Es del caso, que el régimen recursivo en el sistema penal reformado se encuentra consagrado en el artículo 370 del Código Procesal Penal, norma que establece que, solo serán apelables las resoluciones del juez de garantía: “a) cuando pusieren término al procedimiento, hicieren imposible su prosecución o la suspendieren por más de treinta días, y b) cuando la ley lo señalare expresamente”. 3°. Asentado lo anterior, cabe señalar que la resolución impugnada no reviste la naturaleza jurídica de las providencias precedentemente mencionadas, por lo que el recurso intentado no puede ser admitido a tramitación, como se dirá. Conforme lo establecen los artículos 365, 366, 367 y 370 del Código Procesal Penal, se declara inadmisible el recurso de apelación que interpuso el abogado querellante en contra de la resolución dictada con fecha doce de septiembre del año en curso, por el 4° Juzgado de Garantía de Santiago. N°Penal-4946-2023.
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación que interpuso el abogado querellante en contra de la resolución dictada con fecha doce de septiembre del año en curso, por el 4° Juzgado de Garantía de Santiago. N°Penal-4946-2023.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago (imm) Santiago, dos de octubre de dos mil veintitrés. Al folio N° 3: Por recibidos los antecedentes del tribunal de primera instancia y por cumplido lo ordenado el veintisiete de septiembre del presente año. Vistos: 1°. El abogado de la parte querellante dedujo recurso de apelación en contra de la resolución dictada con fecha doce de septiembre del año en curso, por el 4° Juzgad
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