SIN INFORMACION

AMPARADO: MAXIMILIANO LOPEZ HAHN/RECURRIDO:SEGUNDA SALA DE LA CORTE DE APELACIONES DE CONCEPCIÓN

Rol

Fecha

2 de octubre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO: En estos antecedentes Rol Corte 411-2023, comparece deduciendo recurso de amparo el abogado Hans Laurie Fuentes, en favor de Maximiliano López Hahn, estudiante, ambos domiciliados para estos efectos en calle O’Higgins 940, Concepción, en contra de la Segunda Sala de esta Corte de Apelaciones de Concepción integrada por la Sra. Ministra Vivian Toloza Fernández y el abogado integrante don Marcelo Matus Fuentes, ambos con domicilio en calle Castellón 432, comuna de Concepción. Funda su recurso señalando que el 25 de septiembre de 2023, la Segunda Sala de esta Corte de Apelaciones, integrada por las ministras Sra. Vivian Toloza Fernández, Sra. Claudia Vilches Toro (s) y el abogado integrante Marcelo Matus Fuentes conoció de un recurso de apelación Rol 1035-2023, deducido por Gendarmería de Chile y la parte querellante, en autos RIT 5445-2022, del Juzgado de Garantía de Concepción, recurso en contra de la resolución de 25 de julio de 2023 que accedió, fundadamente, a la petición de la defensa del Sr. López Hahn, en cuanto dispuso su traslado por razones de arraigo familiar y razones de salud mental del imputado desde el CCP Bio Bio a la cárcel de Villarrica, en donde se encuentra actualmente en prisión preventiva. Explica que la Sala antes referida revocó por mayoría la resolución en alzada, lo que en definitiva se traduce en que el imputado debe regresar desde la cárcel de Villarrica a la cárcel de Concepción. Indica que esta acción constitucional de amparo se deduce porque estima que el recurso de apelación en contra de la resolución que accedió al traslado debió declararse inadmisible, pues el Código Procesal Penal en su artículo 370, establece de manera taxativa cuales son la resoluciones apelables, no estando comprendida dentro de ellas la resolución del 25 de julio de 2023, así la resolución dictada en su oportunidad y la que se pronuncia sobre el fondo de la apelación son ilegales y por tanto arbitrarias, lo que consecuencialmente conlleva una violación

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, la acción constitucional de amparo interpuesta procede conforme lo señala el artículo 21 de la Constitución Política de la República a favor de quien se encuentra arrestado, detenido o preso, o que sufra cualquier otra privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal o seguridad individual, con infracción de la normas constitucionales o de las leyes, a fin de que la magistratura ordene se guarden las formalidades legales y adopte de inmediato las providencias que juzgue necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. SEGUNDO: Que, en la especie el amparo se dirige en contra de la ministra titular y el abogado integrante de la Segunda Sala de esta Corte de Apelaciones, señora Vivian Tolosa Fernández y Marcelo Matus, respectivamente, quienes en la audiencia de fecha 25 de septiembre de 2023, conociendo de la apelación deducida por Gendarmería de Chile y la parte querellante en la causa RIT 5445-2022 del Juzgado de Garantía de Concepción, revocó la resolución dictada por ese Juzgado de fecha 25 de julio de 2023, mediante la cual, acogiéndose una petición de la defensa del imputado en aquellos autos, el amparado de hoy, Maximiliano López Hahn, autorizó el traslado del interno desde el CCP de Concepción, donde en esa fecha se encontraba cumpliendo prisión preventiva, al Centro Penal de Villarrica, en donde en la actualidad se encuentra interno. El recurrente indica que la resolución de la Segunda Sala de esta Corte, al revocar lo decidido por el Juzgado de Garantía, ordenó que el interno fuera devuelto al CCP de Concepción. En todo caso, es necesario precisar que al día de hoy aún no se cumple, manteniéndose el imputado en prisión preventiva en el Centro Penal de Villarrica. TERCERO: Que, el recurrente de amparo sustenta su recurso en dos órdenes de ideas, a saber: a) que el recurso de apelación que conoció la Segunda Sala de esta Corte en su oportunidad era inadmisible, pues no se encuentra comprendido en las dos hipótesis de resoluciones apelables a que se refiere en artículo 370 del Código Procesal Penal; y b) que la resolución recurrida de amparo carece de fundamentos, en particular en lo que respecta a desvirtuar los razonamientos del a quo en lo que dice relación con lo beneficioso que el traslado de unidad penal resultaba para el imputado, en sus aspectos familiares y de salud mental. CUARTO: Que, desde luego el recurso de amparo, en cuanto acción constitucional excepcional, no es un sustituto jurisdiccional, ni se puede pretender utilizarlo como una tercera instancia de revisión. En efecto, las normas que garantizan el debido proceso están suficientemente consagradas en el Código Procesal Penal, de manera que los intervinientes en aplicación de tal normativa pueden ejercer todos sus derechos procesales, pero, la circunstancia que uno de los intervinientes no comparezca a la audiencia respectiva, sea en primera o segunda instancia, no autoriza

Fallo

por tanto arbitrarias, lo que consecuencialmente conlleva una violación a las garantías constitucionales de igualdad ante la ley y del debido proceso. Agrega que también se deduce el presente recurso por la falta de fundamentación de la resolución de 25 de septiembre de 2023, dictada por los recurridos, afectando la garantía constitucional de Maximiliano López Hahn, así la solicitud de traslado desde Concepción a Villarrica se fundó en el arraigo familiar que éste tiene en la comuna de Villarrica y Pucón, para ello se acompañó un informe socioeconómico que da cuenta que la familia extensa del imputado se encuentra en aquella comuna, familia que se ha visto privada de poder visitar al imputado por su prisión preventiva en la cárcel de Concepción, asimismo el imputado estaba siendo privado del derecho de ser visitado por su familia cercana, derecho elemental reconocido por la legislación nacional como por tratados internacionales, antecedentes que fueron ponderados por el Tribunal de Garantía de Concepción, dando por establecido la existencia de la afectación que significa para el imputado el no poder ser visitado por su familia. Añade que se fundó la petición en el estado de salud mental del imputado, lo que es un hecho de la causa e investigación que éste tiene patologías de base de carácter psiquiátricas, establecidas por el Servicio Médico Legal, lo que también fue recogido por el Tribunal de Garantía indicando que la circunstancia de que estuviera cerca de su familia y pud

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción rtp Concepción, dos de octubre de dos mil veintitrés. VISTO: En estos antecedentes Rol Corte 411-2023, comparece deduciendo recurso de amparo el abogado Hans Laurie Fuentes, en favor de Maximiliano López Hahn, estudiante, ambos domiciliados para estos efectos en calle O’Higgins 940, Concepción, en contra de la Segunda Sala de esta Corte de Apelaciones de Concepción integrada po

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica