JUAN ULISES NUNEZ ORELLANA / GENDARMERIA DE CHILE
Rol
Fecha
30 de septiembre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: A folio 1, se interpone recurso de amparo en favor de Juan Ulises Núñez Orellana, en contra de Gendarmería de Chile V Región y del Complejo Penitenciario de Valparaíso. Indica que el amparado se encontraba cumpliendo condena en el módulo 103 del Complejo Penitenciario de Valparaíso, teniendo buena conducta y siendo alumno de la universidad de la cárcel, pero que por un supuesto intento de fuga lo habrían castigado y trasladado al módulo 102. Pide se acoja el recurso y se ordene que sea retornado al módulo 103. A folio 4, informa el Complejo Penitenciario de Valparaíso, indicando que el amparado, el día 27 de septiembre de 2023, fue reingresado al módulo 103, acompañando declaración voluntaria del interno y compromiso de mantener buena conducta. A folio 7, informa la Dirección Regional de Gendarmería de Chile, en los mismos términos. Que atendido el mérito de autos, se trajeron estos en relación. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: Primero: Que, el recurso de amparo es un proceso de tutela urgente del derecho fundamental a la libertad personal y seguridad individual, establecido en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República, que es procedente en aquellos casos en que una persona fuere arrestada, detenida o presa con infracción a la Constitución o a las leyes o sufra cualquier otra privación, perturbación o amenaza al derecho fundamental antes aludido, fuera de los casos en que el ordenamiento jurídico lo permite. Segundo: Que, lo peticionado en el presente recurso, consiste en ordenar que la institución recurrida disponga el reingreso del amparado a su módulo penal de origen. Tercero: Que, por su parte, Gendarmería de Chile informó que el amparado fue reingresado, el día 27 de septiembre de 2023, al mencionado módulo 103 del Centro Penitenciario de Valparaíso, acompañándose declaración voluntaria de interno y compromiso de mantener buena conducta. Cuarto: Que, con el mérito de lo informado, se advierte que no existen medidas que esta Corte pueda adoptar al tenor de lo solicitado por el recurrente, desde que se ha accedido a su pretensión por parte de la institución recurrida, de modo que el arbitrio interpuesto ha perdido oportunidad.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de amparo interpuesto en favor de Juan Ulises Núñez Orellana, en contra de Gendarmería de Chile V Región y del Complejo Penitenciario de Valparaíso. Regístrese, comuníquese por la vía más expedita y archívese, en su oportunidad. N°Amparo-1726-2023.
Texto Completo (Preview)
I.C.A. de Valparaíso Valparaíso, treinta de septiembre de dos mil veintitrés. Vistos: A folio 1, se interpone recurso de amparo en favor de Juan Ulises Núñez Orellana, en contra de Gendarmería de Chile V Región y del Complejo Penitenciario de Valparaíso. Indica que el amparado se encontraba cumpliendo condena en el módulo 103 del Complejo Penitenciario de Valparaíso, teniendo buena conducta y sien
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