SIN INFORMACION

ROJAS/COMITÉ DE AGUA POTABLE RURAL LOS PINOS, DEL SAUCE MIRAMAR COQUIMBO

Rol

Fecha

2 de octubre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1, comparece doña Rosa Rojas Cabello, abogada, en favor de doña MIREYA ROSA ARAUS MIRANDA, cédula de identidad N°10.325.323-3 interponiendo recurso de protección en contra del COMITÉ DE AGUA POTABLE RURAL LOS PINOS DEL SAUCE MIRAMAR, COQUIMBO, RUT N°65.038.577-2, representado legalmente por doña VIRGINIA ÁLVAREZ BELMAR, cédula de identidad Nº7.623.981-9, por el acto ilegal y arbitrario consistente en la expulsión de la recurrida del referido comité, lo cual provocaría lesión de los derechos fundamentales reconocidos en el artículo 19 números 1, 9 y 24 de la Constitución Política de la República. Expone que, la recurrente adquirió el terreno ubicado en calle Amadeo Freizer Parcela 34 F, El Sauce de Miramar, en el mes de mayo de 2010, época en que ya se había conformado el Comité de Agua recurrido, por lo que, adicionalmente, para formar parte del mismo, debió comprar los derechos y pagar por aquellos una suma ascendente a $250.000.- (doscientos cincuenta mil pesos), lo que le permitió ser una socia más de ese Comité y tener derecho al abastecimiento de agua potable para su domicilio. Agrega que, con posterioridad, ya en el año 2012, y luego de construirse una casa, se mudó a vivir a dicho inmueble, en el cual, en la actualidad, vive junto a su familia, conformada por su pareja don Adolfo Rojas Meléndez, quien a la fecha tiene 80 años de edad, por su hija doña Javiera Rojas Araus, y por su nieto el menor de 9 años de edad Julián Díaz Rojas, quien ha sido diagnosticado con TEA, por lo que requiere vivir en un ambiente seguro y con las condiciones básicas para ello. Manifiesta que, desde que se trasladó a vivir en el inmueble antes individualizado y hasta la fecha, la Sra. Araus ha cumplido íntegra y oportunamente con el pago correspondiente al consumo de agua potable de su domicilio, sin que exista reclamo alguno al respecto. Refiere que, el 08 de agosto de 2023, la recurrente recibe una notificación en que la directiva del comité recurrido le comunica lo siguiente: “Notificación. Comité de Agua Rural “Los Pinos”, Rut: 65.038.577-2 le comunica a UD. Sra. Mireya Araus, Rut: 10.325.323-3, que a partir del día 09 de agosto de 2023, UD deja de pertenecer a Nuestro Comité por las siguientes causales de Nuestro Estatuto: Artículo 10 letra B y C. Y por la votación unánime de la Asamblea de la reuniones (sic) efectuadas el 15 de abril y 06 de agosto del 2023. Sin otro Particular, La Directiva.” Expresa que, de la simple lectura del documento se advierte que en sesiones llevadas a cabo los días 15 de abril y 06 de agosto del presente año, se habría decidido “por unanimidad” expulsar a la recurrente del comité. Sin embargo, destaca que, tanto al recurrente como su hermano, que también se encuentra afiliado, asistieron a las referidas asambleas como suelen hacerlo cada vez que las mismas se realizan, sin que ellos hayan presenciado que uno de los puntos de la tabla haya correspondido a la “Expulsión del Comité de la Socia

Fallo

por tanto, se acoja el recurso interpuesto, y, en definitiva, se ordene que se deje sin efecto el acto arbitrario e ilegal consistentes en expulsar a doña Mireya Araus Miranda del Comité de Agua Potable Rural, y se le restituya a la vivienda en que reside junto a su familia, el acceso al agua potable a través de la red de agua potable que administra el referido Comité, con costas. Acompaña al recurso: 1. Copia de estatutos Comité de Agua Potable Rural Los Pinos, del Sauce Miramar Coquimbo. 2. Copias de comunicación notificada a la Sra. Mireya Araus Miranda de 8 de agosto de 2023. A folio 13 acompaña: 1. Copias de las Actas de las Asambleas del Comité de Agua Potable Rural Los Pinos del Sauce Miramar, de fechas 15 y 27 de abril, 6 y 30 de agosto y 1 de septiembre, todas del año 2023. 2. Copia del Estatuto del Comité de Agua Potable Rural Los Pinos del Sauce Miramar, incluida la Certificación Aprobación Modificación Estatutos, extendida por la Ilustre Municipalidad de Coquimbo con fecha 21 de enero de 2013. 3. Copia del Ebook correspondiente a la denuncia R.U.C.: 2300607193-7. 4. Copia del documento “PREGUNTAS FRECUENTES Ley N°21.545 Establece la Promoción de la Inclusión, la Atención Integral, y la Protección de los Derechos de las Personas con Trastorno del Espectro Autista en el Ámbito Social, de Salud y Educación”. 5. Certificado Médico extendido por la Neuróloga Dra. Loreto Vilches Arratia, con fecha 22 de marzo de 2023. 6. Copia de transferencia bancaria de fecha 13 de

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Araus Miranda, Mireya Rosa Comité de Agua Potable Rural Los Pinos del Sauce Miramar, Coquimbo Recurso de protección Rol N°1995-2023.- La Serena, dos de octubre de dos mil veintitrés. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1, comparece doña Rosa Rojas Cabello, abogada, en favor de doña MIREYA ROSA ARAUS MIRANDA, cédula de identidad N°10.325.323-3 interponiendo recurso de protección en contra

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