SAAVEDRA / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
30 de septiembre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: A folio 1, se recurre de amparo en favor del ciudadano haitiano Wilgy Vialet, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, porque ha omitido ilegalmente la emisión del certificado de solicitud de nacionalización en trámite, amenazando con ello su libertad personal, no pudiendo acreditar la residencia regular en el país, afectándole la posibilidad de salir y entrar al país y tener cédula de identidad vigente. Solicita se acoja el recurso de amparo, ordenando a la recurrida revisar la solicitud, acogiéndola a tramitación y dictando el certificado respectivo; o solicitando la subsanación que corresponda en caso de faltar algún antecedente para acogerla posteriormente a tramitación, con costas. A folio 4, la recurrida solicitó el rechazo del recurso, con costas, aclarando que el recurrente es titular de residencia definitiva y, con esa calidad, solicitó la nacionalización con fecha 12 de septiembre de 2023, la que se encuentra en etapa de análisis, señalando que el extranjero se encuentra en situación migratoria regular en nuestro país, atendido que cuanta con el beneficio de residencia definitiva plenamente vigente. Asimismo, indica que no existe resolución ni decreto que disponga la expulsión del amparado del territorio nacional u otra sanción en su contra. A folio 9, se trajeron los autos en relación. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: Primero: Que, el recurso de amparo es un proceso de tutela urgente del derecho fundamental a la libertad personal y seguridad individual, establecido en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República, que es procedente en aquellos casos en que una persona fuere arrestada, detenida o presa con infracción a la Constitución o a las leyes o sufra cualquier otra privación, perturbación o amenaza al derecho fundamental antes aludido, fuera de los casos en que el ordenamiento jurídico lo permite. Segundo: Que, por esta vía, la recurrente solicita se le entregue el certificado de nacionalización en trámite, a fin de acreditar su situación migratoria regular y poder salir o ingresar al país, sin condiciones ni limitaciones de ninguna especie. Tercero: Que, de lo expuesto e informado, se observa que la materia objeto del recurso de amparo en estudio, no es de aquellas que se encuentran contempladas en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, en cuanto no se divisa afectación ni a la libertad personal ni a la seguridad individual respecto de quién se acciona. En efecto, el derecho a la libertad personal, particularmente la ambulatoria, no se ve amagada con el hecho de que no se haya emitido un “comprobante de nacionalización en trámite”, lo que podría configurar el incumplimiento de una gestión administrativa, cuestión que puede ser reclamada por medio de un reclamo administrativo o bien, una acción de protección, si se estima que se ha vulnerado algún derecho fundamental del actor, pero no por medio de una acción como la ejercida en autos, máxime si el actor cuenta con residencia definitiva en el país.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 19 N° 7 y 21 de la Constitución Política de República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de amparo interpuesto en favor de Wilgy Vialet, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese, notifíquese y, en su oportunidad, archívese. N°Amparo-1702-2023.
Texto Completo (Preview)
I.C.A. de Valparaíso Valparaíso, treinta de septiembre de dos mil veintitrés. Visto: A folio 1, se recurre de amparo en favor del ciudadano haitiano Wilgy Vialet, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, porque ha omitido ilegalmente la emisión del certificado de solicitud de nacionalización en trámite, amenazando con ello su libertad personal, no pudiendo acreditar la residencia regular en
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