BETANCOURTH / JUZGADO DE GARANTIA DE ANTOFAGASTA
Rol
Fecha
30 de septiembre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos: A folio 1, se interpone recurso de amparo en favor de Juan Camilo Betancourth Saavedra, de nacionalidad colombiana, en contra del Juzgado de Garantía de Antofagasta, por haberse dictado en causa RIT 9609-2022, la resolución de fecha 12 de septiembre de 2023, la cual resolvió rechazar el amparo judicial interpuesto por la defensa. Indica que el amparado se encuentra cumpliendo las penas de 5 años y 1 día de presidio mayor en su grado mínimo y de 600 días de presidio menor en su grado medio, por los delitos de robo con intimidación y receptación, respectivamente, y que hace aproximadamente 2 meses fue trasladado al Complejo Penitenciario de Valparaíso, pese a tener y residencia habitual y familia en la región de Antofagasta, recinto penal donde además habría sido agredido,
Fundamentos
motivos por los cuales se interpuso el amparo judicial ante el Juzgado de Garantía, donde previo a resolver se solicitó que Gendarmería informara los motivos por los cuales fue trasladado desde el penal de Vallenar, donde sólo se informó que ello obedeció a un requerimiento de la administración penitenciaria, rechazándose el amparo judicial. Solicita se deje sin efecto la resolución de la recurrida, ordenando a Gendarmería de Chile realizar traslado de Unidad Penal a Región de Antofagasta o a regiones aledañas a la misma. Acompaña documentos a su recurso. A folio 7, informa el Juzgado de Garantía de Antofagasta, señalando que la resolución recurrida fue objeto de impugnación vía reposición, la cual fue desestimada, reconociendo además la facultad de Gendarmería de Chile de segregar y distribuir la población penal bajo su tutela. Agrega que, desde la perspectiva de justificar la medida adoptada como el cumplimiento de sus presupuestos ante el amparado, la materia ya fue conocida y resuelta formalmente por parte de ese tribunal, y de otra parte, entienden que la situación bien puede ser objeto de conocimiento al tenor de la Ley N°19.880, en relación al Reglamento de Establecimientos Penitenciarios, por tratarse de un verdadero contencioso administrativo de regulación especial, ajenos a la urgencia que impone la vía elegida de amparo constitucional, motivos por los cuales, salvo mejor parecer, estima que la presente acción constitucional debiera ser desestimada. A folio 9, informa la Dirección Regional Antofagasta de Gendarmería, agregando que el amparado presenta un mediano compromiso delictual, es reincidente criminológico, refractario del sistema, líder negativo y con pésima y mala conducta debido a las faltas que registra al régimen interno. Señala que su primer traslado desde el penal de Antofagasta al de Vallenar obedeció a medidas de seguridad penitenciarias debido a la sobrepoblación penal y a la mala conducta del condenado, no siendo procedente su retorno al penal de Antofagasta. A folio 11, se ordenó traer los autos en relación. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: Primero: Que la acción de amparo garantiza a toda persona que ilegalmente sufra cualquier privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal y seguridad individual, la posibilidad de recurrir ante la respectiva magistratura, para que dicte en tal caso las providencias necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. Segundo: Que, lo solicitado a través del presente recurso de amparo es que se deje sin efecto la resolución recurrida y se disponga el traslado del condenado desde el Complejo Penitenciario de Valparaíso a una unidad penal de la Región de Antofagasta o a regiones aledañas a la misma, por motivos de arraigo familiar del amparado. Tercero: Que, la facultad de Gendarmería para disponer los recintos penales que habiten los condenados debe ser ejercida en consonancia con su labor de resocialización d
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se acoge, sin costas, la acción constitucional de amparo deducida en favor de Juan Camilo Betancourth Saavedra, sólo en cuanto Gendarmería de Chile deberá, a la brevedad y previo estudio de factibilidad, trasladar al amparado a un recinto penal de la Región de Antofagasta o a regiones aledañas a la misma. Regístrese, notifíquese, comuníquese, y archívese, en su oportunidad. N°Amparo-1723-2023.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, treinta de septiembre de dos mil veintitrés. Vistos: A folio 1, se interpone recurso de amparo en favor de Juan Camilo Betancourth Saavedra, de nacionalidad colombiana, en contra del Juzgado de Garantía de Antofagasta, por haberse dictado en causa RIT 9609-2022, la resolución de fecha 12 de septiembre de 2023, la cual resolvió rechazar el amparo judicial interpuesto
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