MP C/ RENATO IGNACIO RIQUELME MOLINA Y OTRA
Rol
Fecha
30 de septiembre de 2023
Materia
HOMICIDIO. ART.391 Nº 2.
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: I.- En cuanto a la admisibilidad del recurso. 1.- Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 149 del Código Procesal Penal, procede la apelación verbal por parte del Ministerio Público en contra de la resolución que ponga en libertad a un imputado, entre otros, por el delito de homicidio, como ocurre en la especie, por lo cual es claro que el deducido resulta admisible, no siendo óbice para ello la circunstancia de que el imputado pueda estar ya privado de libertad en otra causa, por tramitarse éstas, regularmente, en forma independiente. II.- En cuanto al fondo del recurso. 2.- Que, atendida la naturaleza y gravedad del delito por el cual se encuentra formalizados los imputados de esta causa, los antecedentes que constan hasta ahora en la carpeta investigativa, la pena asignada al mismo, el hecho de que los imputados cuentan con antecedentes penales pretéritos y, considerando, además, que los antecedentes aportados por la defensa en estrados, no son de la entidad suficiente, hasta ahora, para desvirtuar los presupuestos del artículo 140 del Código Procesal Penal, todo lo cual hace estimar que la medida cautelar solicitada por el Ministerio Público es idónea para mantener a los imputados vinculados al procedimiento. Por lo anterior y lo dispuesto en los artículos 140 y 360 y siguientes del Código Procesal Penal, se resuelve: I.- Que, se declara admisible el recurso de apelación verbal deducido por el Ministerio Público. II.- Que, se revoca la resolución apelada de veintinueve de septiembre de dos mil veintitrés, dictada por el Juzgado de Garantía de Rancagua, en causa RIT 8180-2023, que rechazó la solicitud del Ministerio Público de imponer la prisión preventiva a los imputados Claudio Benjamín Carreño Rubio y Scarlette Ninoska Riquelme Molina y, en su lugar se declara que se les impone dicha medida cautelar, por considerar que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Comuníquese y devuélvase. Rol Corte 1691-2023.Penal.-
Fallo
se resuelve: I.- Que, se declara admisible el recurso de apelación verbal deducido por el Ministerio Público. II.- Que, se revoca la resolución apelada de veintinueve de septiembre de dos mil veintitrés, dictada por el Juzgado de Garantía de Rancagua, en causa RIT 8180-2023, que rechazó la solicitud del Ministerio Público de imponer la prisión preventiva a los imputados Claudio Benjamín Carreño Rubio y Scarlette Ninoska Riquelme Molina y, en su lugar se declara que se les impone dicha medida cautelar, por considerar que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Comuníquese y devuélvase. Rol Corte 1691-2023.Penal.-
Texto Completo (Preview)
//mjcv C.A. Rancagua Rancagua, treinta de septiembre de dos mil veintitrés. Vistos: I.- En cuanto a la admisibilidad del recurso. 1.- Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 149 del Código Procesal Penal, procede la apelación verbal por parte del Ministerio Público en contra de la resolución que ponga en libertad a un imputado, entre otros, por el delito de homicidio, como ocurre en la esp
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