VEJAR/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
29 de septiembre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTO: Comparece THOMAS BREUER CASTILLO, abogado de la Clínica Intercultural de la Universidad Autónoma de Chile, y ANGELA ROCÍO VEJAR, habilitada para el ejercicio de la profesión, ambos domiciliados en calle Arturo Prat N° 055, en favor de don DOMACIEN FRANCOIS ASSE, haitiano, Pasaporte NºR11264013, casado, domiciliado en Sector Petrilahue sin número de la comuna de Padre las Casas, quien dice: Que, interpone Acción de Amparo en favor de DOMACIEN FRANCOISE ASSE, Pasaporte Nº R11264013, dictada por el Servicio Nacional de Migraciones continuador legal del Departamento de Extranjería y Migración, dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, mediante el cual se declara rechazada la solicitud de regularización migratoria y le otorga 30 días para abandonar el país, de manera ilegal, arbitraria y sin fundamento, conforme a los siguientes argumentos de hecho y de derecho que a continuación paso a exponer: LOS HECHOS: 1- Con el objeto de poder optar a mejores oportunidades laborales y económicas, don Domacien Francoise Asse, ingresó al país con fecha 09 de febrero del año 2018, de manera regular con la visa de turista, ingresando por el Aeropuerto Internacional Comodoro Arturo Merino Benítez como consta en la Tarjeta Única Nacional. Para luego, dirigirse a la ciudad de Chillán, lugar donde vivió y trabajó solo hasta el mes de abril del mismo año, para efectos de trasladarse definitivamente a la ciudad de Temuco. 2- Desde que don Domacien arribó en el país completó sus estudios de enseñanza media en el Liceo Polivalente de adultos Selva Saavedra de Temuco, y en el año 2021 ingresa a estudiar la carrera de Técnico en Enfermería al Instituto Aiep de la comuna de Temuco, la cual finaliza no obstante la respectiva práctica profesional se encuentra imposibilitada de llevar a cabo. Todo lo anterior, sin dejar de trabajar en diferentes rubros. 3- En el año 2018, mi representado obtuvo su primera Cédula de Identidad de nacionalidad chilena, cuyo RUN otorgado corr
Fundamentos
motivos ya mencionados de imposibilidad de obtención del certificado de antecedentes penales de su país de origen. 9- No obstante, su intención es residir en Chile, de forma regularizada en los términos que la ley establece. Que, asimismo como su intención de arraigo en este país, ha sido el de estudiar una carrera universitaria; la cual finalizó, pero no tiene título universitario al verse imposibilitado de realizar la práctica profesional, constituir familia; fue padre de un recién nacido de nacionalidad chilena con fecha 18 de agosto de 2023, arrendar un bien inmueble, y utilizar los sistemas de salud en Chile, trabajar de manera independiente y honrada para poder subsistir. 10-
Fallo
se declara rechazada la solicitud de regularización migratoria y le otorga 30 días para abandonar el país, de manera ilegal, arbitraria y sin fundamento, conforme a los siguientes argumentos de hecho y de derecho que a continuación paso a exponer: LOS HECHOS: 1- Con el objeto de poder optar a mejores oportunidades laborales y económicas, don Domacien Francoise Asse, ingresó al país con fecha 09 de febrero del año 2018, de manera regular con la visa de turista, ingresando por el Aeropuerto Internacional Comodoro Arturo Merino Benítez como consta en la Tarjeta Única Nacional. Para luego, dirigirse a la ciudad de Chillán, lugar donde vivió y trabajó solo hasta el mes de abril del mismo año, para efectos de trasladarse definitivamente a la ciudad de Temuco. 2- Desde que don Domacien arribó en el país completó sus estudios de enseñanza media en el Liceo Polivalente de adultos Selva Saavedra de Temuco, y en el año 2021 ingresa a estudiar la carrera de Técnico en Enfermería al Instituto Aiep de la comuna de Temuco, la cual finaliza no obstante la respectiva práctica profesional se encuentra imposibilitada de llevar a cabo. Todo lo anterior, sin dejar de trabajar en diferentes rubros. 3- En el año 2018, mi representado obtuvo su primera Cédula de Identidad de nacionalidad chilena, cuyo RUN otorgado corresponde al Nº26.517.983-5. Aquella documentación fue otorgada con vigencia de 9 meses, desde el 28 de diciembre de 2018 hasta el 12 de octubre del año 2019. Posteriormente al vencimi
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C.A. de Temuco Temuco, veintinueve de septiembre de dos mil veintitrés. VISTO: Comparece THOMAS BREUER CASTILLO, abogado de la Clínica Intercultural de la Universidad Autónoma de Chile, y ANGELA ROCÍO VEJAR, habilitada para el ejercicio de la profesión, ambos domiciliados en calle Arturo Prat N° 055, en favor de don DOMACIEN FRANCOIS ASSE, haitiano, Pasaporte NºR11264013, casado, domiciliado en S
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