MUÑOZ/TRANSPORTES JSV SPA
Rol
Fecha
29 de septiembre de 2023
Materia
PRESTACIONES
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y teniendo únicamente presente: Que, entre la fecha en que el trabajador decidió auto despedirse y la fecha de la demanda originaria RIT M-2500-2023 deducida ante el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo, transcurrió en exceso el plazo de sesenta días establecido en el artículo 171 del Código del Trabajo, sin que resulte aplicable la suspensión por haberse deducido reclamo ante la autoridad administrativa, ya que la citada norma no lo prevé para el caso del despido indirecto. Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 476 del Código del Trabajo, se confirma la resolución de fecha veintinueve de agosto de dos mil veintitrés, dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo en los autos RIT M-3246-2023, caratulado “Muñoz con Transportes JSV SpA”. Comuníquese. N°Laboral - Cobranza-3111-2023.
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 476 del Código del Trabajo, se confirma la resolución de fecha veintinueve de agosto de dos mil veintitrés, dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo en los autos RIT M-3246-2023, caratulado “Muñoz con Transportes JSV SpA”. Comuníquese. N°Laboral - Cobranza-3111-2023.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintinueve de septiembre de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo únicamente presente: Que, entre la fecha en que el trabajador decidió auto despedirse y la fecha de la demanda originaria RIT M-2500-2023 deducida ante el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo, transcurrió en exceso el plazo de sesenta días establecido en el artículo 171 del Código del Trabajo, sin que r
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