SIN INFORMACION

CASTRO/SUSESO

Rol

Fecha

29 de septiembre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: 1) Que como consta de los antecedentes, don WLADIMIR CASTRO ARAYA interpuso un recurso de protección en contra de la SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL (SUSESO), por haber dictado resolución que confirma el rechazo del pago de licencia médica, por lo que estima se vulnera sus derechos reconocidos en el artículo 19 números 1, 2 y 24 de la Constitución Política de la República. 2) Que de acuerdo con lo que señala el propio recurrente la Resolución exenta dictada, que individualiza, el rechazo de la licencia médica que la SUSESO confirma lo fue por reposo no justificado, para lo cual transcribe en lo pertinente dicho acto, que califica de arbitrario e ilegal. 3) Que en el texto de su recurso da cuenta de su patología y diagnóstico, y reprocha lo que para el recurrente configura la ilegalidad, primero, y la arbitrariedad, después, subrayando que su médico tratante tiene completa convicción de su recuperabilidad, cuestión que la confirmación del rechazo de la licencia médica por parte de la SUSESO, que ratifica lo decidido antes por su Isapre y luego por la COMPIN. 4) Que, al hilo de lo que expone pide se acoja su recurso, ordenando, en definitiva, la aprobación de la licencia médica y su pago, sin perjuicio de otras medidas que esta Corte pueda estimar pertinentes. 5) Que evacuaron informes en este procedimiento de protección tanto la recurrida, SUSESO, como también la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) y la ISAPRE CONSALUD. En lo que dice relación con el informe de la SUSESO, la recurrida de autos, alegó en primer lugar la extemporaneidad de la acción de protección; en subsidio la improcedencia del recurso de protección en materias de seguridad social ligadas al numeral 18 del artículo 19; y en subsidio de todo lo anterior, pidió el rechazo del mismo dando cuenta detallada del marco regulador de las licencias médicas, su temporalidad, su finalidad (que el trabajador recupere su salud y quede así en condiciones de reintegrarse al trabajo, haciendo referencia a las clases de incapacidades labores (permanente o transitoria) que puede afectar a una persona, y el diverso tratamiento de ambas situaciones, enfatizando que la actuación de la SUSESO se ha ajustado rigurosamente a las normas (que transcribe en detalle) que establecen sus atribuciones fiscalizadoras, descartando asimismo cualquier arbitrariedad. 6) Que el artículo 20 de la Constitución Política de la República dispone que el que, por causa de actos u omisiones arbitrarios o ilegales, sufra privación, perturbación o amenaza en el legítimo ejercicio de los derechos y garantías que allí se indican, puede ocurrir a la Corte de Apelaciones respectiva, para que se adopten de inmediato las providencias que se juzgue necesario para someter al imperio del derecho las acciones u omisiones ilegales y/o arbitrarias que importen privación, perturbación o amenaza en el legítimo ejercicio de aquellas garantías constitucionales indicadas taxativamente en el artículo 20 d

Fallo

fallo del recurso de protección de garantías constitucionales de fecha 24 de junio de 1992, SE RECHAZA, la alegación de extemporaneidad del recurso planteada por la recurrida, y asimismo SE RECHAZA el recurso de protección deducido por don WLADIMIR CASTRO ARAYA en contra de la SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL (SUSESO), todo ello sin costas por estimarse que existió motivo para accionar. Redacción del fallo del Abogado Integrante Diego Palomo Vélez. Regístrese y archívese, en su oportunidad. Rol Corte Núm. 276-2023/ Protección. Se deja constancia que no firman la Ministra doña Jeannette Valdés Suazo y el Fiscal Judicial don Óscar Lorca Ferraro, no obstante haber concurrido a la vista y acuerdo, la primera por encontrarse en visita y, el segundo, con permiso contemplado en el artículo 347 del C.O.T.

Texto Completo (Preview)

Talca, veintinueve de septiembre de dos mil veintitrés. VISTO Y CONSIDERANDO: 1) Que como consta de los antecedentes, don WLADIMIR CASTRO ARAYA interpuso un recurso de protección en contra de la SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL (SUSESO), por haber dictado resolución que confirma el rechazo del pago de licencia médica, por lo que estima se vulnera sus derechos reconocidos en el artículo 19 núm

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