JUZGADO DE GARANTIA DE SAN VICENTE DE TAGUA-TAGUA

MP C/ DANIEL ANDRES MALDONADO HERRERA

Rol

Fecha

29 de septiembre de 2023

Materia

HOMICIDIO. ART.391 Nº 2.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Que, si bien la defensa pretende sustentar la concurrencia de una eximente incompleta de responsabilidad, con el fin de configurar una atenuante adicional a la irreprochable conducta anterior, los antecedentes hasta ahora reunidos en la investigación son insuficientes para dicho fin, por cuanto la tesis de que la agresión por parte del imputado es una reacción a conflictos previos con la víctima en los que ésta también tendría la calidad de agresor, no ha adquirido aun la plausibilidad necesaria para desvirtuar los presupuestos materiales de la internación provisoria, la que con los datos actualmente existentes en la carpeta investigativa, resulta necesaria para la seguridad de la víctima. Por lo anterior y lo dispuesto en los artículos 140 y 360 y siguientes del Código Procesal Penal, artículos 32 y 33 de la Ley 20.084, se confirma la resolución apelada de veintidós de septiembre de dos mil veintitrés, dictada por el Juzgado de Garantía de San Vicente de Tagua-Tagua, en causa RIT 1624-2023, lo que no obsta a que la internación provisoria del adolescente Daniel Andrés Maldonado Herrera, pueda ser revisada inmediatamente una vez que la defensa recabe nuevos antecedentes que respalden la tesis antes señalada, o bien, que den cuenta de la inconveniencia de mantener dicha cautelar. Acordado lo anterior con el voto en contra del Ministro Sr. Caro, quien estuvo por revocar la resolución en alzada y decretar únicamente el arresto domiciliario total del adolescente, por cuanto la edad del imputado y el hecho de que no registra condenas anteriores ni causas penales vigentes ni pasadas, dan cuenta que la prognosis de pena probable no descarta una sanción en libertad, a lo que debe sumarse, el hecho de que existe una medida de protección a favor del adolescente por vulneración de sus derechos, tal como lo hizo valer la defensora, en la que figuran antecedentes que permiten contextualizar el hecho ilícito por el que hoy se encuentra formalizado. C

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//mjcv C.A. Rancagua Rancagua, veintinueve de septiembre de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Que, si bien la defensa pretende sustentar la concurrencia de una eximente incompleta de responsabilidad, con el fin de configurar una atenuante adicional a la irreprochable conducta anterior, los antecedentes hasta ahora reunidos en la investigación son insuficientes para dicho fin, por cu

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