SN. SPA/READI CATAN MARIA - (LTE)
Rol
Fecha
29 de septiembre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: Primero: Que comparece el abogado Claudio Sepúlveda Navarro, en autos seguidos ante el Primer Juzgado de Policía Local de Las Condes, Rol N° 234-2023, quien deduce verdadero recurso de hecho en contra de la resolución de 30 de junio de 2023, por medio de la cual no se concedió un recurso de apelación, en circunstancias que lo estima procedente. Menciona como antecedentes de su recurso, que la apelación fue denegada, por improcedente, de acuerdo con el artículo 32 de la Ley Nro. 18.287. No obstante, la resolución erróneamente la priva de la doble instancia. A continuación, se refiere al control difuso de convencionalidad que se debe aplicar por los tribunales de nuestro país y al derecho a tutela judicial efectiva que establece la Convención Americana sobre Derechos Humanos. También argumenta sobre la infracción a las normas del debido proceso, y que hay sentencias del Tribunal Constitucional que exigen un principio de legalidad mínimo al sistema juzgador de Policía Local. En consecuencia, pide tener por deducido el recurso de hecho, y declare que procede el recurso de apelación. Segundo: Que informando la Jueza del Primer Juzgado de Policía Local de las Condes, señora María Isabel Readi Catan, relata los antecedentes del procedimiento de primera instancia. Al efecto, indica que en la causa se dictó sentencia definitiva el 9 de mayo de 2023, condenándola al pago de una multa de 3 UTM. Afirma que el 12 de mayo de 2023, el abogado Claudio Sepúlveda, solicitó la declaración de nulidad de derecho público de la denuncia municipal, y en subsidio formuló descargos respecto de la denuncia. Indica que el 17 de mayo del año en curso, se rechazó el incidente formulado, y se negó lugar también a la petición subsidiaria de descargos, por extemporánea. Adiciona que, el 23 de junio pasado, es decir 35 días después de la resolución antes señalada, la denunciada presentó recurso de reposición con apelación subsidiaria y, además, apeló directamente de ella, rechazando el
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 203 del Código de Procedimiento Civil, y 32 de la Ley Nro. 18.287, se rechaza el recurso de hecho deducido por el abogado Claudio Sepúlveda Navarro, en contra de la resolución de 30 de junio de 2023, dictada por la Jueza del Primer Juzgado de Policía Local de Las Condes, en los autos Rol N° 234-2023. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Policia Local-2357-2023.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintinueve de septiembre de dos mil veintitrés. Vistos: Primero: Que comparece el abogado Claudio Sepúlveda Navarro, en autos seguidos ante el Primer Juzgado de Policía Local de Las Condes, Rol N° 234-2023, quien deduce verdadero recurso de hecho en contra de la resolución de 30 de junio de 2023, por medio de la cual no se concedió un recurso de apelación, en circunsta
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