SIN INFORMACION

ACUÑA MURRAY ALEJANDRO/ILUSTRE MUNICIPALIDAD LAS CONDES

Rol

Fecha

28 de septiembre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: PRIMERO: Con fecha 10 de marzo de 2023 comparece don Alejandro Guillermo Acuña Murray, quién en conformidad a lo dispuesto en el artículo 151 letras c) y d) de la ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, interpone reclamo de ilegalidad en contra de la Ilustre Municipalidad de Las Condes, representada por su alcaldesa, doña Daniela Peñaloza Ramos, por la omisión de exigir el cumplimiento de la obligación de ceder, al dominio público, el inmueble constituido por el Lote Nueve del Parque Residencial Quinchamalí, obligación pactada en favor de la Municipalidad en virtud del contrato de transacción celebrado entre la reclamada e Inmobiliaria Los Silos III S.A. con fecha 11 de julio de 2017. Expone que mediante presentación de 26 de diciembre de 2022 requirió a la Municipalidad el cumplimiento de la mencionada obligación, no obteniendo respuesta, lo que motivó la presentación por parte de éste de un reclamo administrativo de ilegalidad el 31 de enero de 2023, respecto del cual tampoco se pronunció la reclamada, debiendo entenderse tácitamente rechazado. Refiere que por instrumento privado de 11 de julio de 2017, la Ilustre Municipalidad de Las Condes e Inmobiliaria Los Silos III S.A. celebraron un contrato de transacción para poner término a diversas controversias existentes entre ellas relacionadas con la normativa urbanística aplicable a inmuebles de propiedad de dicha inmobiliaria, que se ventilaban en los diversos juicios. Las concesiones reciprocas pactadas por ambos fueron las siguientes: (a) Los Silos III se desistió de sus acciones y recursos deducidos en contra de la Municipalidad de Las Condes. (b) La Municipalidad de Las Condes se obligó a efectuar sus mejores esfuerzos para lograr en el menor tiempo posible, y en no más allá de cuatro años a partir de la fecha de celebración de la Transacción, que: (i) El trazado del Camino Pie Andino, en la parte que cruce las propiedades de Los Silos III, corra por sobre la co

Fundamentos

fundamentos de hecho y de derecho que avalen su proceder.

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en el artículo 141 y siguientes de la Ley Nº 18.695 Orgánica de Municipalidades, se rechaza, sin costas, el reclamo de ilegalidad deducido por don Alejandro Guillermo Acuña Murray en contra de la Ilustre Municipalidad de Las Condes. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Contencioso Administrativo-159-2023.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintiocho de septiembre de dos mil veintitrés. A los folios 24 y 25: téngase presente Vistos y teniendo presente: PRIMERO: Con fecha 10 de marzo de 2023 comparece don Alejandro Guillermo Acuña Murray, quién en conformidad a lo dispuesto en el artículo 151 letras c) y d) de la ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, interpone reclamo de ilegalidad en

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