SIN INFORMACION

/TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE COPIAPO

Rol

Fecha

28 de septiembre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: A folio 1 comparece el abogado don Iván Mascareña Santana, en representación de don Adrián Paredes Paredes, quien interpone acción constitucional de amparo de conformidad a lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema en contra de la resolución judicial dictada por la Tercera Sala del Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal de Copiapó de fecha 25 de septiembre de 2023, a través de la que se decretó la prisión preventiva del amparado en razón de considerar su libertad un peligro para la víctima, luego que con fecha 13 de Septiembre de 2023 fuera condenado por el delito de desacato a 541 días, sentencia a cuyo respecto se interpuso recurso de nulidad, así como recurso de apelación, a fin de que se le conceda la reclusión nocturna domiciliaria como forma alternativa de cumplimiento de la pena, que se encuentra ingresado ante esta Corte bajo el rol N° 537-2023. Añade que la resolución que decretó la prisión preventiva fue acordada con el voto en contra del señor Cid, quien fue el único de los jueces del tribunal que estuvo presente en el juicio oral. En otro acápite indica que la misma sentencia denota todo lo contrario con respecto a la peligrosidad que se atribuye al amparado, puesto que en ella fue absuelto del delito de amenazas, transcribiendo en lo pertinente lo consignado en el fallo y parte de la declaración de la víctima, en que expresa no sentir temor. Añade que además en la causa rol 1208-2022 del juzgado de Garantida de Vallenar, en esta causa solo se decretó arraigo para el amparado, sin que el ministerio público intentara modificar esta cautelar durante la tramitación, no habiendo variado las circunstancias que se tuvieron a la vista al decretar dicha cautelar, por cuyo motivo decretar la prisión preventiva en este momento constituye el cumplimiento anticipado de la pena. Pide en definitiva, que se restablezca el imperio del derecho en el sen

Fallo

fallo y parte de la declaración de la víctima, en que expresa no sentir temor. Añade que además en la causa rol 1208-2022 del juzgado de Garantida de Vallenar, en esta causa solo se decretó arraigo para el amparado, sin que el ministerio público intentara modificar esta cautelar durante la tramitación, no habiendo variado las circunstancias que se tuvieron a la vista al decretar dicha cautelar, por cuyo motivo decretar la prisión preventiva en este momento constituye el cumplimiento anticipado de la pena. Pide en definitiva, que se restablezca el imperio del derecho en el sentido de declarar que se revierta la decisión del Tribunal de Juicio Oral de Copiapó que decretó la prisión preventiva del amparado, dejando sin efecto esta medida cautelar SEGUNDO: A folio 4 informan los señores Mauricio Pizarro Díaz y Alfonso Díaz Cordaro, jueces titulares del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Copiapó, quienes refieren que con fecha 25 de septiembre de 2023, llevada a efecto en el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Copiapó, los jueces señores Alfonso Díaz Cordaro, Mauricio Pizarro Díaz y Rodrigo Cid Mora, en audiencia pública, con intervención del fiscal señor Nicolás Meléndez Chacón y del defensor señor Iván Mascareña Santana, y en presencia del imputado Adrián Paredes Paredes, conocieron y acogieron la petición del Ministerio Público en orden a decretar la prisión preventiva del acusado, por la causal de peligro para la víctima, no por las causales invocada por la fiscalía (

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C.A. de Copiapó Copiapó, veintiocho de septiembre de dos mil veintitrés. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: A folio 1 comparece el abogado don Iván Mascareña Santana, en representación de don Adrián Paredes Paredes, quien interpone acción constitucional de amparo de conformidad a lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte

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