SIN INFORMACION

GUTIERREZ GONZALEZ JORGE ANTONIO/DIRECCIÓN REGIONAL DEL MAULE GENDARMERÍA DE CHILE

Rol

Fecha

28 de septiembre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Comparece el abogado don Alfredo Vallejos Valdivia, quien interpone acción constitucional de amparo en favor de don Jorge Antonio Gutiérrez González (quien actualmente se encuentra cumpliendo condena en el Complejo Penitenciario de Valdivia) en contra de Gendarmería de Chile, en atención que el interno fue trasladado de forma desproporcionada e injustificada desde la unidad penal de Valparaíso, sin motivo alguno, lo cual califica de injusto y arbitrario. Refiere que el Sr. Gutiérrez fue condenado a la pena de 5 años y 1 día de presidio mayor en su grado mínimo, multa de 40 UTM e inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos, por su responsabilidad en el delito de tráfico ilícito de estupefacientes, perpetrado en Viña del Mar, el día 9 de marzo de 2019, en causa RIT 311-2023, por el Tribunal de juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar. Hace presente que tanto el condenado como su familia tienen domicilio en la ciudad de Viña del Mar, que lleva un año privado de libertad, no tiene falta alguna, tiene conducta muy buena, de manera que el traslado a Valdivia no solo resulta, arbitrario e ilegal, sino que es perjudicial para la posible reinserción del imputado, donde no tiene apoyo familiar, dificultando sus visitas y ocasionándole un daño psicológico importante. Solicita se acoja la acción, y se instruya a Gendarmería de Chile, trasladar al condenado nuevamente a Valparaíso. Informando al tenor del recurso, el Alcaide del Complejo Penitenciario de Valdivia indica que el condenado fue privado de libertad por los delitos de tráfico ilícito de drogas, tenencia ilegal y porte de armas de fuego, que inició su condena el 6 de mayo de 2022 e ingresó al Centro Penitenciario de Valdivia el 3 de diciembre de 2022 por medidas de seguridad. Agrega que cuenta con una calificación de alto compromiso delictual, con un puntaje de 128,6 respecto del máximo que es de 171. En cuanto a los antecedentes que dieron lugar

Fundamentos

Considerando: Primero: Que el recurso de amparo constituye jurídicamente una acción cautelar, de índole constitucional, cuyo contenido específico es el requerimiento de tutela jurisdiccional frente a privaciones de libertad ambulatoria con infracción de lo dispuesto en la Constitución o en las leyes, frente a amenazas arbitrarias o ilegales al ejercicio de dicha libertad, y frente a privaciones, perturbaciones o amenazas a la seguridad individual, sin limitaciones y sin que importe el origen de tales atentados. Segundo: Que, el núcleo básico de la controversia sometida al conocimiento de esta Corte consiste en determinar si Gendarmería de Chile ha incurrido en un acto ilegal y/o arbitrario al disponer el traslado del amparado a un recinto Penitenciario en otra región, específicamente desde Valparaíso a Valdivia. Tercero: Que Gendarmería manifiesta haber actuado dentro de la esfera de sus atribuciones y de conformidad a la normativa legal y reglamentaria, acto debidamente fundado en las resoluciones que adjunta, toda vez que el ingreso al Centro Penitenciario de Valdivia, el 3 de diciembre de 2022, se realizó como medida de seguridad, toda vez que el interno es considerado altamente refractario al sistema carcelario, dando cuenta de un incidente grave ocurrido el 1 de diciembre de 2022, en orden a la existencia de una agresión organizada por partes de los internos al jefe de módulo, lográndose identificar que el condenado era uno de quienes habían liderado el incidente, razones por las cuales se solicitó a través de las correspondientes resoluciones el traslado, justificándose aquello en que los trasladados deben serlo a recintos carcelarios que reúnan las condiciones necesarias para albergar dicho perfil de internos y evitar así cualquier hecho que atente contra el normal funcionamiento de la unidad, por la seguridad del establecimiento penitenciario. Cuarto: Que, analizados los antecedentes y documentación adjuntada por la parte recurrida, es posible constatar que Gendarmería de Chile ha actuado dentro de la esfera de sus atribuciones, especialmente las del artículo 1 y 6 N°12 del Decreto Ley Nº2.859 del Ministerio de Justicia, que fija la Ley Orgánica de Gendarmería de Chile, en concordancia con el Reglamento de Establecimientos Penitenciarios, no advirtiéndose inobservancia al mismo, no acreditándose la efectividad de la eventual afectación a la integridad física o seguridad individual del amparado en la unidad penal de Valdivia, por lo que se concluye que no existe arbitrariedad ni ilegalidad, susceptible de tutela mediante la presente acción constitucional, por lo esta será desestimada.

Fallo

Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 19 y 21 de la Constitución Política de la República; normas aplicables de Ley Orgánica de Gendarmería de Chile y Reglamento de establecimientos Penitenciarios, se RECHAZA el recurso de amparo interpuesto en favor de don Jorge Antonio Gutiérrez González, en contra de Gendarmería de Chile Regístrese, comuníquese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Redacción del Ministro (S) don Carlos Acosta Villegas. N°Amparo-219-2023.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valdivia Valdivia, veintiocho de septiembre de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Comparece el abogado don Alfredo Vallejos Valdivia, quien interpone acción constitucional de amparo en favor de don Jorge Antonio Gutiérrez González (quien actualmente se encuentra cumpliendo condena en el Complejo Penitenciario de Valdivia) en contra de Gendarmería de Chile, en atención que el

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