SIN INFORMACION

NOVOA RIVERA NICOLAS/ SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA DE SANTIAGO

Rol

Fecha

28 de septiembre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece la abogada Alicia Fernanda Herrera Cañas, en favor de Nicolás Novoa Rivera, deduciendo acción constitucional de amparo en contra de la resolución ilegal y arbitraria dictada por el 2° Juzgado de Familia de Santiago en Causa sobre cumplimiento de alimentos RIT Z-2435-2023, caratulada “Escamilla/Novoa”; de fecha 08 de septiembre de 2023, que decretó el arresto nocturno y arraigo del amparado, conculcando, amenazando y perturbando en forma ilegal y arbitraria, su libertad y seguridad individual, solicitando que sea restablecido el imperio del derecho, dejando sin efecto dicha resolución dictada por la Magistrado Titular, doña María Eugenia Silva Pacheco, que impone las medidas de apremio señaladas. Expone que en el contexto de una extrema judicialización por parte de su ex pareja y madre de una hija en común T.M.N.E. que ha incluido una serie de denuncias y querellas, todas las cuales han sido rechazadas, y como consecuencia del arresto nocturno que debió cumplir la demandante el 04 de abril y acumular más de 25 UTM en multas impagas por desacato y obstrucción a la relación directa y regular decretada por el Tribunal, solicitó orden de arresto en la causa en que incide la acción, dejando en claro que la finalidad de la parte es causar el daño premeditado al Sr. Novoa y no hacerse del pago de la deuda de alimentos. Precisa que la deuda de pensión de alimentos, la cual reconoce, se produjo por un hecho fortuito y de fuerza mayor no imputable a su representado, quien ha debido concentrar todos sus recursos económicos en la defensa de su hija y de su persona, en sede penal y familia. Alega que la solución a la deuda es recurrir a los fondos de la AFP y no el arresto del amparado, ya que no posee cuentas bancarias o ahorros para hacer efectivo el pago de la deuda, y por ende resulta inoficioso dictar orden de arresto nocturno en su contra, porque ni aun en el hipotético caso de que esta se prolongue por meses, no podrá p

Fallo

Por estas consideraciones y con lo dispuesto, además, el artículo 19 N°7 letra a) en relación al artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se acoge el recurso de amparo deducido en favor de Nicolás Novoa Rivera, en contra del Segundo Juzgado de Familia de Santiago y se deja sin efecto la orden de apremio decretada por resolución de fecha 08 de septiembre de 2023, en los autos RIT Z-2435-2023, hasta en tanto el Tribunal decida una vez evacuado el informe decretado. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-2230-2023. Pronunciada por la Novena Sala, integrada por los Ministros señor Jorge Luis Zepeda Arancibia, señor Tomás Gray Gariazzo y el Abogado Integrante señor Sebastián Ramón Hamel Rivas. En Santiago, veintiocho de septiembre de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintiocho de septiembre de dos mil veintitrés. Al folio 10: a todo, téngase presente. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece la abogada Alicia Fernanda Herrera Cañas, en favor de Nicolás Novoa Rivera, deduciendo acción constitucional de amparo en contra de la resolución ilegal y arbitraria dictada por el 2° Juzgado de Familia de Santiago en Causa sobre cum

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