C.A. de Santiago

RIOS VASQUEZ SUSET CONTRA SERVICIO NACIONAL MIGRACIONES

Rol

66609-2022

Fecha

24 de agosto de 2022

Materia

Criminal

Resultado

REVOCADA SENTENCIA APELADA QUE

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Hechos

Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus

Fundamentos

fundamentos quinto y séptimo, que se eliminan. Y teniendo, además y en su lugar presente: 1°) Que, Keymell Fernández Rios, nacional de Cuba es menor de edad e hijo de Suset Rios Vásquez, de la misma nacionalidad, quien reside en nuestro país hace cuatro años, y se encuentra con su solicitud permanencia definitiva en trámite. 2°) Que, en el mes de noviembre de 2021, Keymell Fernández Ríos ingresó la solicitud de visa consular temporaria, la que fue desestimada mediante la Resolución Exenta N° 157/2022 de 25 de mayo de 2022, por no haber acreditado el vínculo con un nacional de Chile o un extranjero con permanencia definitiva. 3°) Que, el principio de reunificación familiar reconocido en el artículo 9° de la Ley 20.430, así como el deber de resguardo de la familia que dispone el inciso final del artículo 1° de la Constitución Política de la República, impone al Estado de Chile, luego de haber otorgado visa temporal a la madre de Keymell Fernández Rios, no ser el causante o responsable de impedimentos u obstáculos injustificados y/o arbitrarios de orden administrativo y burocrático que entorpezcan o dificulten más allá de lo razonable, la reunión de la referida familia. 4°) Que, para el mismo efecto, se debe considerar lo dispuesto en el artículo 3 N° 3 de la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño, que dispone que “los Estados Partes se comprometen a asegurar al niño la protección y el cuidado que sean necesarios para su bienestar…” 5°) Que, así las cosas, siendo la Administración responsable de la separación familiar de Keymell Fernández Rios, de su madre, por causas que no resultan aceptables, este Tribunal adoptará las medidas necesarias para reparar la afectación de los derechos vulnerados. Y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 de la Carta Fundamental, se revoca la sentencia apelada de diez de agosto de dos mil veintidós, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago en el Ingreso Corte N°2482-2022, y, en su lugar,

Fallo

se declara que se acoge la acción constitucional interpuesta, solo en cuanto, se deja sin efecto la Resolución Exenta N° 157/2022 de fecha 25 de mayo de 2022, que rechazó la visa consular temporaria solicitada por el amparado Keymell Fernández Rios, debiendo la repartición pública recurrida dentro de un plazo de treinta días, citar al mencionado amparado al Consulado correspondiente a su domicilio actual, a fin de que presente la documentación requerida, y resolver la solicitud de visa, que en derecho corresponda, dentro del mismo plazo. Se confirma, en lo demás apelado, la aludida sentencia. Acordada con el voto en contra de los Ministros Sres. Valderrama y Dahm, quienes fueron del parecer de confirmar en todas sus partes la sentencia apelada, en virtud de sus propios fundamentos. Regístrese y devuélvase. N° 66609-2022.

Texto Completo (Preview)

Santiago, veinticuatro de agosto de dos mil veintidós. Al escrito folio 105726-2022: a lo principal, téngase presente; al otrosí, a sus antecedentes. A los escritos folios 105728-2022 y 105748-2022: a todo, téngase presente. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus fundamentos quinto y séptimo, que se eliminan. Y teniendo, además y en su lugar presente: 1°) Que, Keymel

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