1º JUZGADO DE LETRAS DE LINARES

JAQUE MENDEZ JOSEFINA CON WATTS S.A. (110)

Rol

84636-2021

Fecha

24 de agosto de 2022

Materia

Reforma Laboral

Resultado

SENTENCIA DE REEMPLAZO

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Hechos

Vistos: Del fallo de la instancia, se suprime el motivo noveno a décimo segundo. Y se tiene, en su lugar, y, además, presente: Que, conforme se concluyó en los razonamientos cuarto al sexto del fallo de unificación de jurisprudencia, no procede realizar el descuento a que se refiere el artículo 13 de la Ley N°19.728 en caso que el órgano jurisdiccional declare que el despido del trabajador fue injustificado. Por estas consideraciones y, visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 7, 8, 425 y siguientes y 459 del Código del Trabajo, se declara que: Se acoge la demanda interpuesta por doña Josefina de Lourdes Jaque Menéndez en contra del Watt’s S.A., por lo que se le condena, además, al pago del recargo legal pertinente y las prestaciones establecidas en la sentencia de instancia, sin derecho a descontar el aporte patronal efectuado al seguro de cesantía, en razón de lo cual se lo condena a restituir las sumas descontadas por tal concepto. Acordada con el voto en contra del ministro señor Prado quién fue de opinión de rechazar la demanda en lo relativo a la restitución del descuento reglado en el artículo 13 de la Ley N°19.728, según los argumentos que se contienen en su disidencia, vertida en el fallo de unificación que antecede. Regístrese y devuélvase. N°84.636-2021.-

Fallo

fallo de la instancia, se suprime el motivo noveno a décimo segundo. Y se tiene, en su lugar, y, además, presente: Que, conforme se concluyó en los razonamientos cuarto al sexto del fallo de unificación de jurisprudencia, no procede realizar el descuento a que se refiere el artículo 13 de la Ley N°19.728 en caso que el órgano jurisdiccional declare que el despido del trabajador fue injustificado. Por estas consideraciones y, visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 7, 8, 425 y siguientes y 459 del Código del Trabajo, se declara que: Se acoge la demanda interpuesta por doña Josefina de Lourdes Jaque Menéndez en contra del Watt’s S.A., por lo que se le condena, además, al pago del recargo legal pertinente y las prestaciones establecidas en la sentencia de instancia, sin derecho a descontar el aporte patronal efectuado al seguro de cesantía, en razón de lo cual se lo condena a restituir las sumas descontadas por tal concepto. Acordada con el voto en contra del ministro señor Prado quién fue de opinión de rechazar la demanda en lo relativo a la restitución del descuento reglado en el artículo 13 de la Ley N°19.728, según los argumentos que se contienen en su disidencia, vertida en el fallo de unificación que antecede. Regístrese y devuélvase. N°84.636-2021.-

Texto Completo (Preview)

Santiago, veinticuatro de agosto de dos mil veintidós. Dando cumplimiento a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 483-C del Código del Trabajo, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo en unificación de jurisprudencia. Vistos: Del fallo de la instancia, se suprime el motivo noveno a décimo segundo. Y se tiene, en su lugar, y, además, presente: Que, conforme se concluyó en los razona

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