POBLETE/C.C.A.F. LOS HEROES
Rol
Fecha
28 de septiembre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: Primero: Que el recurso de protección que dio lugar a la formación de estos autos es del tenor siguiente: “JOSE FRANCISCO POBLETE VALVERDE, dependiente, cedula de identidad número 15.826.378-5, con domicilio en Calle 1 Pte. 1258, Oficina 1211, Edificio Plaza Poniente, Talca, Región del Maule, a SS. Iltma. respetuosamente digo: Conforme a lo dispuesto en el N° 2 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, de 27 de junio de 1992, sobre tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales y sus modificaciones y, encontrándome dentro de plazo, vengo en interponer recurso de protección de garantías constitucionales en contra de CAJA DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR LOS HEROES, persona jurídica sin fines de lucro, Rut N°70.016.330-K, representada legalmente por Alejandro Patricio Muñoz Rojas, ignoro profesión u oficio, cédula de identidad N° 12.423.769-6, ambos domiciliados legalmente en Holanda N.º 64, comuna de Providencia, Región Metropolitana, solicitando desde ya que esta acción sea acogida por V.S. Ilma., con expresa condena en costas, en razón de los antecedentes de hecho y de derecho que paso a exponer: I. LOS HECHOS: Debo hacer presente a S.S, que solicité dos créditos de dinero a Caja De Compensación De asignación Los Héroes. 1. Conforme Pagare Nº103596430 con fecha 23 de agosto 2017 por la suma de $ 495.766 por concepto de capital, más los intereses respectivos señalados en dicho documento, correspondiente al 1,49 %. Pagaderos en 60 cuotas mensuales, iguales y sucesivas por un valor de $ 13.418 las primeras cuotas y una cuota final de $13.409 con vencimiento el último día hábil de cada mes, a partir del mes de septiembre del 2017. 2. Conforme Pagare N°103257642, con fecha 09 de diciembre del 2016, por la suma de $6.615.928, por concepto de capital, más los intereses respectivos señalados en dicho documento, correspondiente al 1,96%. Pagadero en 60 cuotas mensuales y sucesivas de $200.172, las primeras cuotas y una cuota final de $200.113, con vencimiento el último día hábil de cada mes, a partir del mes de enero del 2017. Sin embargo, atendido diversos motivos, me ví en la imposibilidad de cumplir con las cuotas pactadas respecto de ambos pagares, constituyéndome en mora respecto del primer pagare, desde la cuota N° 7, con vencimiento en 31 de marzo 2018. Y respecto del segundo pagare constituyéndome en mora desde la cuota N° 13, con vencimiento en 31 de agosto del 2018. Cabe señalar S.S, que, con la intención de reorganizar mis recursos, decido revisar mi liquidación de sueldo pagado, correspondiente al mes de junio de 2023, oportunidad en que me percato que consta un descuento denominado “BIENESTAR PRESTAMO AUXIL 29.388 + CUOTA 3 DE 8 C.C.A.F. LOS HEROES por $213.590 “ En síntesis S.S., el descuento realizado por C.C.A.F., Los Héroes, respecto a mi remuneración del mes de junio del presente año, es un acto arbitrario e ilegal que provoca una privación y perturbación en el derecho de propiedad de esta
Fallo
POR TANTO, en mérito de lo expuesto, el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, y demás normas legales que en derecho corresponda aplicar; RUEGO A SS. ILTMA.: tener por interpuesta acción de protección de garantías constitucionales en contra de CAJA DE COMPENSACION DE ASIGNACIÓN FAMILIAR LOS HÉROES, representada legalmente por Alejandro Patricio Muñoz Rojas, ya individualizado, admitirla a tramitación y, previo informe de la recurrida, acogerla en todas sus partes, adoptando las medidas necesarias para el restablecimiento del imperio del derecho, ordenando: a) Que la recurrida, CAJA DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR LOS HÉROES, debe desistir en los descuentos por planilla efectuados sobre mi remuneración mensual. b) La devolución de todos los dineros descontados con motivo del crédito antes señalado, y que motiva el presente recurso. c) Condenar en costas a la recurrida. Al segundo otrosí acompañó: - Liquidación de Sueldo de Jose Francisco Poblete Valverde correspondiente al mes de junio del año 2023, emitida por Gendarmería de Chile. Segundo: Que el informe evacuado en autos es del tenor siguiente: “MANUEL SAAVEDRA UBILLA, Abogado, RUT N° 17.027.886-0, en nombre y representación judicial de la CAJA DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR LOS HÉROES, entidad de previsión social, ambos domiciliados en Avda. Holanda Nº 64, de la Comuna de Providencia, Región Metropolitana, en los autos sobre re
Texto Completo (Preview)
Talca, veintiocho de septiembre de dos mil veintitrés. VISTO Y CONSIDERANDO: Primero: Que el recurso de protección que dio lugar a la formación de estos autos es del tenor siguiente: “JOSE FRANCISCO POBLETE VALVERDE, dependiente, cedula de identidad número 15.826.378-5, con domicilio en Calle 1 Pte. 1258, Oficina 1211, Edificio Plaza Poniente, Talca, Región del Maule, a SS. Iltma. respetuosamente
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica