2º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

/AZÓCAR

Rol

50939-2022

Fecha

24 de agosto de 2022

Materia

Civil

Resultado

INADMISIBLE CASACIÓN DE FONDO

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1° Que en el procedimiento sobre liquidación voluntaria de empresa deudora, tramitado ante el Segundo Juzgado Civil de Santiago, bajo el Rol C-5.994-2021, caratulado “/Azócar”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo, deducido por la solicitante, en contra de la resolución dictada por la Corte de Apelaciones de esta ciudad, de fecha quince de julio de este año, por la cual se declaró inadmisible el recurso de apelación deducido en contra de aquella de primer grado, de veinticuatro de mayo último, que hizo lugar a la solicitud de exclusión, del proceso de liquidación concursal, de un crédito del Fondo Solidario. 2° Que el artículo 767 del Código de Procedimiento Civil dispone que se admite el recurso de casación en el fondo contra sentencias definitivas inapelables y contra sentencias interlocutorias inapelables cuando ponen término al juicio o hacen imposible su continuación, dictadas por Cortes de Apelaciones, siempre que se hayan pronunciado con infracción de ley y esta infracción haya influido substancialmente en lo dispositivo de la sentencia; 3° Que la resolución impugnada por esta vía no presenta las características de aquellas aludidas en el motivo anterior, toda vez que no ha puesto fin a la instancia, no ha concluido el juicio, ni ha hecho imposible su prosecución, razón por la cual el recurso de nulidad sustancial intentado en autos, no será admitido a tramitación. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 767 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo interpuesto por el abogado don Mario Andrés Espinosa Valderrama, en representación de la solicitante, en contra de la resolución de quince de julio de dos mil veintidós, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese y devuélvase, vía interconexión. Rol N°50.939-2022.-

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 767 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo interpuesto por el abogado don Mario Andrés Espinosa Valderrama, en representación de la solicitante, en contra de la resolución de quince de julio de dos mil veintidós, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese y devuélvase, vía interconexión. Rol N°50.939-2022.-

Texto Completo (Preview)

1 Santiago, veinticuatro de agosto de dos mil veintidós. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1° Que en el procedimiento sobre liquidación voluntaria de empresa deudora, tramitado ante el Segundo Juzgado Civil de Santiago, bajo el Rol C-5.994-2021, caratulado “/Azócar”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo, deducido por la solicitante, en contra de la resolución

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