TORCAT/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES DEPENDIENTE DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Rol
Fecha
27 de septiembre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos: Que, a folio 1 se recurrió de protección en favor de EDWIN LORENZO MARTINEZ y MARILYN LISBETH TORCAT PINTO , y contra el Servicio Nacional de Migraciones, porque ilegal y arbitrariamente no se ha pronunciado sobre la visa de permanencia definitiva solicitada, lo que vulnera su garantía de igualdad ante la ley. Solicitó ordenar a la recurrida que emita su parecer en el breve plazo, con costas. Que, se prescindió del informe solicitado y se trajeron los autos en relación. Con lo relacionado y
Fundamentos
considerando: Que, del mérito de los antecedentes y habiéndose prescindido del informe solicitado a la recurrida, en atención a la naturaleza cautelar y sumarísima de este recurso, se advierte que el procedimiento para la obtención de la permanencia definitiva solicitada por el actor se encuentra en trámite, existiendo una dilación excesiva en su tramitación si se atiende a su fecha de inicio y,
Fallo
por tanto, implica una omisión ilegal y arbitraria que contraviene los principios de celeridad y conclusivo establecidos en los artículos 7 y 27 de la Ley N° 19.880, conculcando su garantía consagrada en el artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República, razón por la cual se acogerá esta acción en los términos que se indicarán. Y visto además lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de EDWIN LORENZO MARTINEZ y MARILYN LISBETH TORCAT PINTO y, por consiguiente, el Servicio Nacional de Migraciones deberá dentro del plazo de sesenta días hábiles, concluir la tramitación y emitir pronunciamiento como en derecho corresponda, sobre la solicitud de permanencia definitiva presentada por la parte recurrente. Que, del mérito de lo informado por el Servicio Nacional de Migraciones respecto de Oliva Coromoto Aranguren Herrera y de los documentos adjuntados, se advierte que el presente arbitrio ha perdido oportunidad, toda vez que la recurrida ha dado cuenta de haber emitido pronunciamiento acerca de la petición formulada por el recurrente, agregando a estos autos la resolución exenta respectiva, de manera que el acto ilegal y arbitrario reclamado por el recurrente ha cesado, no existiendo medida alguna que adoptar al respecto por esta Corte, se rechaza, sin costas, el presente recurso. Regístrese, notif
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C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintisiete de septiembre de dos mil veintitrés Vistos: Que, a folio 1 se recurrió de protección en favor de EDWIN LORENZO MARTINEZ y MARILYN LISBETH TORCAT PINTO , y contra el Servicio Nacional de Migraciones, porque ilegal y arbitrariamente no se ha pronunciado sobre la visa de permanencia definitiva solicitada, lo que vulnera su garantía de igualdad ante la ley. S
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