JUZGADO DE FAMILIA TOMÉ

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

27 de septiembre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTO: Teniendo, además, presente que en la especie el titular de los alimentos es el niño de autos y no su madre, razón por la cual el sustrato de la pretensión del actor puede ser satisfecho por otras vías y por los legitimados que correspondan, y de conformidad con lo previsto en el artículo 67 de la Ley 19.968, SE CONFIRMA, sin costas del recurso, la sentencia definitiva apelada de dieciséis de enero de dos mil veintitrés, dictada por el Juzgado de Familia de Tomé, en causa RIT C-138-2022, del ingreso de dicho tribunal. Regístrese y devuélvase. Redacción del ministro César Gerardo Panés Ramírez. N°Familia-134-2023.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción CCP/mfmm Concepción, veintisiete de septiembre de dos mil veintitrés. VISTO: Teniendo, además, presente que en la especie el titular de los alimentos es el niño de autos y no su madre, razón por la cual el sustrato de la pretensión del actor puede ser satisfecho por otras vías y por los legitimados que correspondan, y de conformidad con lo previsto en el artículo 67 de la Ley 19

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