MP C/ SEBASTIAN ANTONIO SERRANO SEPULVEDA
Rol
Fecha
27 de septiembre de 2023
Materia
ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en esta audiencia, teniendo en consideración que se trata de un menor de 17 años, la pena probable y el criterio de proporcionalidad, se REVOCA la resolución apelada de fecha veinte de septiembre de dos mil veintitrés y en su lugar se mantiene la medida cautelar de arresto domiciliario de conformidad a lo dispuesto en el artículo 155 letra a) del Código Procesal Penal. Acordado con el voto en contra del Abogado Integrante Sr. Vidal, quien fue de opinión de confirmar la resolución recurrida en virtud de sus propios fundamentos. Comuníquese. Se deja constancia que los intervinientes quedan notificados de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el artículo 30 del Código Procesal Penal. Sin perjuicio, se dejará constancia de la presente resolución en el estado diario. El presente acta sólo constituye un registro administrativo, confeccionada por el funcionario Digitador de Sala en el que resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Rol N° 1147-2023 PENAL. El Ministro de fe que suscribe, deja constancia que el acta que antecede es fiel a lo obrado en la audiencia que da cuenta. Valdivia, veintisiete de septiembre de dos mil veintitrés. Srta. Daniela Verdugo, Relatora Suplente. En Valdivia, veintisiete de septiembre de dos mil veintitrés, notifiqué por el estado diario la resolución precedente.
Texto Completo (Preview)
A C T A AUDIENCIA REALIZADA EL DÍA VEINTISIETE DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL VEINTITRÉS, PARA LA VISTA - POR LA PRIMERA SALA DE LA I. CORTE DE APELACIONES DE VALDIVIA- DEL RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO POR LA DEFENSA EN CAUSA RIT 515-2023, RUC 2310021981-6, ROL CORTE N° 1147-2023 PENAL. Siendo las 9.25 horas del día señalado, se lleva a efecto la audiencia con la asistencia del Ministro y Presidente
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