ANONIMIZADO
Rol
Fecha
29 de septiembre de 2023
Materia
OTROS PROCEDIMIENTOS MENORES
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que de conformidad a lo dispuesto en el el artículo 67, numeral 3° de la Ley 19.968, la apelación, que deberá entablarse por escrito, se concederá en el solo efecto devolutivo, con excepción de las sentencias definitivas referidas a los asuntos comprendidos en los numerales 8), 10), 13) y 15) del artículo 8º. Que según se desprende de los antecedentes, la apelación de la parte requerida, no ha sido presentada por escrito; tal como lo exige la precitada norma, razón por la cual no puede ser admitido a tramitación. Y visto, además, lo dispuesto en el artículo 213 del Código...
Texto Completo (Preview)
rbm C.A. de Santiago Santiago, veintinueve de septiembre de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Que de conformidad a lo dispuesto en el el artículo 67, numeral 3° de la Ley 19.968, la apelación, que deberá entablarse por escrito, se concederá en el solo efecto devolutivo, con excepción de las sentencias definitivas referidas a los asuntos comprendidos en los numerales 8), 10), 13) y 15
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