BECKER EGUEZ BELLA/POLICIA DE INVESTIGACIONES
Rol
Fecha
27 de septiembre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparecen Francisca Vargas Rivas e Isadora Castro Zumarán, ambas abogadas de la clínica jurídica de Migrantes y Refugiados de la Universidad Diego Portales, en representación de doña BELLA BECKER EGUEZ, de nacionalidad boliviana, interponiendo acción constitucional de amparo en contra de la POLICÍA DE INVESTIGACIONES, representado por el Director General de dicha institución policial, don Sergio Muñoz Yañez, por el acto ilegal y arbitrario consistente en la prohibición de ingreso al país impuesta a doña BELLA BECKER EGUEZ con fecha 28 de mayo de 2023, Sector Pisiga Choque, a cargo del funcionario Cabo 1ero de Carabineros Antón Días Araya, la cual le priva de su derecho a la libertad personal y seguridad individual. Relata que en diciembre de 2021, ingresó a nuestro país, junto a su esposo DENNY MORALES LEÓN, D.N.I BOLIVIANO N°5366239 y sus tres hijos ANGELO CONRRADO LEÓN BECKER, R.U.N N°28.180.401-4, SOFÍA SOBEIDA MORALES, BECKER R.U.N N°28.157.794-8 y DENNYS DAVID MORALES BECKER, R.U.N N°28.157.801-4, con siete, cinco y tres años de edad respectivamente al momento de ingresar a Chile. Señala que al haber ingresado por un paso fronterizo no habilitado, la recurrente y su marido Sr. MORALES LEÓN efectuaron el trámite de declaración voluntaria de ingreso clandestino, o “auto denuncia” en abril de 2023, encontrándose a la espera de su citación para completar el trámite, en tanto que los niños recibieron su visa de residencia temporal entre los meses de mayo y junio de 2023 con una vigencia de dos años. Explica que a principios de mayo de 2023, se vio en la necesidad de abandonar nuestro país con dirección a Bolivia para cuidar de su madre que se encontraba con una enfermedad grave, quien finalmente falleció, por lo que el día 28 de mayo de 2023 intentó volver a Chile por bus, el cual fue detenido por la Policía de Investigaciones en el sector de Pisiga Choque, Colchane, donde a la recurrente se le entregó a un “Acta de notifi
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales citadas, en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, SE RECHAZA, sin costas, el recurso de amparo interpuesto en favor de doña Bella Becker Eguez, en contra de la Policía de Investigaciones de Chile. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-2093-2023 En Santiago, veintisiete de septiembre de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintisiete de septiembre de dos mil veintitrés. A los escritos folios 25 y 26: a todo, téngase presente. Al escrito folio 27: a lo principal y segundo otrosí, téngase presente; al primer otrosí, a sus antecedentes. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparecen Francisca Vargas Rivas e Isadora Castro Zumarán, ambas abogadas de la clínica jurídica de Migrantes y Re
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