SIN INFORMACION

VALDES/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

27 de septiembre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece Sergio Aburto Mayorga, abogado, en favor de Julio César Valdés Azcuy, cubano, técnico electricista, domiciliado en calle Luis Matte Larraín N° 01948 Puente Alto, deduciendo recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, representado por don Luis Thayer Correa, sociólogo, con domicilio en San Antonio 580, comuna Santiago, pues sostiene que se incurrió en una afectación ilegal y arbitraria de sus derechos fundamentales consagrados en el artículo 19 N° 1 y 2 de la Constitución Política de la República, al omitir pronunciarse sobre la solicitud de permanencia definitiva de 25 de mayo de 2022, lo que le ha impedido acceder al mercado crediticio que lo necesita con urgencia para contratar un crédito hipotecario y acceder a la vivienda propia, y ha infringido lo dispuesto en los artículos 7 y 27 de la Ley 19.880, solicitando, en definitiva, que se ordene a la recurrida informar el estado de solicitud. Segundo: Que la recurrida opone excepción de cosa juzgada indicando que idéntico recurso se presentó ante la Ilma. Corte de Apelaciones de Valparaíso, el que se tramitó con el rol 2276-2023, siendo acogido en primera instancia, pero que luego fue revocado por la Exma. Corte Suprema en la causa rol 68507-2023, rechazando, en definitiva, el recurso, por lo que se cumplen los requisitos de triple identidad que establece el artículo 177 del Código de Procedimiento Civil, solicitando que se acoja la excepción deducida y, en consecuencia, se rechace el recurso de protección. Tercero: Que evacuando el traslado la parte recurrente reconoce que efectivamente se tramitó idéntico recurso ante la Corte de Apelaciones de Valparaíso el que, en definitiva, por sentencia de la Exma. Corte Suprema fue rechazado el 23 de junio pasado, pero que ha quedado sin empleo y su situación migratoria le afecta para obtener nuevo trabajo, conculcándose por la omisión d

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se declara: I.- Se rechaza la excepción de cosa juzgada opuesta por la parte recurrida. II.- Se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Julio César Valdés Azcuy, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, sólo en cuanto se dispone que dicha repartición deberá emitir el pronunciamiento correspondiente, previa verificación de la identidad del recurrente y requisitos pertinentes que deban concurrir al caso, dentro del plazo de treinta días corridos, contado desde que la sentencia quede ejecutoriada. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. Nº 3205-2023 Protección

Texto Completo (Preview)

San Miguel, veintisiete de setiembre de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece Sergio Aburto Mayorga, abogado, en favor de Julio César Valdés Azcuy, cubano, técnico electricista, domiciliado en calle Luis Matte Larraín N° 01948 Puente Alto, deduciendo recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, dependiente del Ministerio del Interior y Se

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