JUZGADO DE LETRAS DE COLINA

DP NOVICIADO S.A./CASTRO (LTE)

Rol

Fecha

27 de septiembre de 2023

Materia

DEMARCACIÓN, PROCEDIMIENTO DE

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que del examen de los antecedentes de este proceso fluye que el término probatorio ya se encuentra vencido y que, por lo mismo, no existe ninguna diligencia ni obstáculo para que la causa quede en estado de fallo; Segundo: Que el hecho de haberse dispuesto la acumulación de esta causa al proceso Rol C-2008-2022, del mismo Tribunal, no es razón que justifique la negativa del Tribunal a quo, menos todavía si se considera que en dicho proceso las partes ya están citadas a oír sentencia. Por estas consideraciones, se revoca la resolución apelada de dieciséis de agosto de dos mil veintitrés, dictada por el Juzgado de Letras de Colina, en los autos Rol C-2010-2022, y en cambio se decide que el tribunal a quo deberá citar a las partes a oír sentencia, sin más trámite. Comuníquese N°Civil-13649-2023.

Fallo

Por estas consideraciones, se revoca la resolución apelada de dieciséis de agosto de dos mil veintitrés, dictada por el Juzgado de Letras de Colina, en los autos Rol C-2010-2022, y en cambio se decide que el tribunal a quo deberá citar a las partes a oír sentencia, sin más trámite. Comuníquese N°Civil-13649-2023.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintisiete de septiembre de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Primero: Que del examen de los antecedentes de este proceso fluye que el término probatorio ya se encuentra vencido y que, por lo mismo, no existe ninguna diligencia ni obstáculo para que la causa quede en estado de fallo; Segundo: Que el hecho de haberse dispuesto la acumulación de esta causa

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