MP C/ JOSE JAVIER BARBERAN RIVERA
Rol
Fecha
27 de septiembre de 2023
Materia
RECEPTACION DE VEHICULOS MOTORIZADOS
Resultado
REVOCADA/COMUNICAR
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, oídos los intervinientes que participaron en esta audiencia, teniendo en consideración que otra medida cautelar de menor intensidad garantiza de igual forma los fines del procedimiento, como asimismo, la larga data de la prisión preventiva y de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 140, 149, 155, 352, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE REVOCA la resolución apelada dictada en audiencia de veinte de septiembre del año en curso, que mantuvo la medida cautelar personal de prisión preventiva respecto del imputado JOSÉ JAVIER BARBERAN RIVERA, inserta en la carpeta virtual RIT 1-7106-2022 del Juzgado de Garantía de Talca y, en su lugar se declara, que se sustituye la misma por las cautelares de las letras a) y d) del artículo 155 del Código Procesal Penal, a saber, privación de libertad parcial en su casa, desde las 22:00 horas hasta las 06:00 horas del día siguiente y prohibición de salir del país. Acordada con el voto en contra del abogado integrante don Rodrigo de la Vega Parra, quien fue de parecer de confirmar la resolución en alzada, en base a sus propios fundamentos. Comuníquese por la vía más expedita. Devuélvase. Rol N°1405-2023/Penal.- EDA/bgg
Fallo
se declara, que se sustituye la misma por las cautelares de las letras a) y d) del artículo 155 del Código Procesal Penal, a saber, privación de libertad parcial en su casa, desde las 22:00 horas hasta las 06:00 horas del día siguiente y prohibición de salir del país. Acordada con el voto en contra del abogado integrante don Rodrigo de la Vega Parra, quien fue de parecer de confirmar la resolución en alzada, en base a sus propios fundamentos. Comuníquese por la vía más expedita. Devuélvase. Rol N°1405-2023/Penal.- EDA/bgg
Texto Completo (Preview)
Talca, veintisiete de septiembre de dos mil veintitrés. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, oídos los intervinientes que participaron en esta audiencia, teniendo en consideración que otra medida cautelar de menor intensidad garantiza de igual forma los fines del procedimiento, como asimismo, la larga data de la prisión preventiva y de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 140, 149, 15
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