MP.C/ TOMÁS BENJAMÍN MOLINA QUEZADA.
Rol
Fecha
27 de septiembre de 2023
Materia
ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y oídos los intervinientes: Que, de acuerdo al mérito de lo expuesto en la audiencia, aparece que se encuentran justificados los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal respecto de los delitos por los que fue formalizada la investigación al imputado. Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en la letra c) del artículo 140 ya mencionado, su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, atendida la pluralidad de ilícitos y de partícipes en uno de ellos, los bienes jurídicos protegidos, la pena de crimen asignada a uno de los delitos materia de la formalización y eventual forma de cumplimiento, lo que torna insuficientes las restantes medidas cautelares previstas por el legislador a los efectos normados en el inciso segundo del artículo 139 del referido cuerpo legal. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 352 y siguientes del Código antes citado, se confirma la resolución dictada en audiencia de veintiuno de septiembre del año en curso, por el 12° Juzgado de Garantía de Santiago, que decretó la prisión preventiva del imputado Tomás Benjamín Molina Quezada. Comuníquese vía interconexión. N° 2910-2023-Penal
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San Miguel, veintisiete de septiembre de dos mil veintitrés. Sala: Cuarta Sala Rol Corte: 2910-2023-Penal Ruc: 2301017211-k Rit: 3302-2023 Tribunal: 12°JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO Ministro de fe: Florencia Sáez Bugmann Digitador: Bárbara Subiabre Silva Ministerio Público: Rodrigo Peña Sepúlveda Defensor: Eduardo Camus Cruz Imputado: Tomás Benjamín Molina Quezada Tipo de Recurso: Penal/Apelaci
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