SIN INFORMACION

JUDITH AMELIA URZUA ARRIAZA/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

27 de septiembre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECONDUCE A PROTECCIÓN

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: Pudiendo eventualmente lo relatado encuadrarse en la acción contemplada en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, procédase al ingreso del presente recurso de amparo en el Libro de Recursos de Protección para continuar su tramitación, debiendo agregarse junto al recurso, copia de la presente resolución. Proveyendo la presentación precedente folio 230329 (1): A lo principal: Se declara admisible el recurso, informe el recurrido Servicio Nacional de Migraciones, debiendo adjuntar todos los antecedentes que existan en su poder sobre el asunto motivo del recurso, los que deberá remitir, en lo posible, en forma digitalizada, dentro del plazo de diez días, bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento, de prescindir de dicho informe y de aplicarle alguna de las medidas que contempla el Nº 15 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales. Ofíciese, por correo electrónico en el caso de existir alguno de carácter institucional que esté en conocimiento de la Unidad de Cumplimiento. Déjese constancia en el expediente. Al primer otrosí: A sus antecedentes. Al segundo otrosí: Téngase presente. Al tercer otrosí: Como se pide, ofíciese a Policía Internacional de la Policía de Investigaciones, a fin que informe al tenor del recurso, debiendo evacuarlo dentro del plazo de diez días, adjuntando todos los antecedentes que existan en su poder sobre el asunto motivo del recurso, los que deberá remitir, en lo posible, en forma digitalizada, bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento, de aplicarle alguna de las medidas que contempla el Nº 15 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales. Ofíciese, por correo electrónico en el caso de existir alguno de carácter institucional que esté en conocimiento de la Unidad de Cumplimiento. Déjese constancia en el expediente. Para los efectos mencionados se le autoriza, só

Fallo

Se declara admisible el recurso, informe el recurrido Servicio Nacional de Migraciones, debiendo adjuntar todos los antecedentes que existan en su poder sobre el asunto motivo del recurso, los que deberá remitir, en lo posible, en forma digitalizada, dentro del plazo de diez días, bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento, de prescindir de dicho informe y de aplicarle alguna de las medidas que contempla el Nº 15 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales. Ofíciese, por correo electrónico en el caso de existir alguno de carácter institucional que esté en conocimiento de la Unidad de Cumplimiento. Déjese constancia en el expediente. Al primer otrosí: A sus antecedentes. Al segundo otrosí: Téngase presente. Al tercer otrosí: Como se pide, ofíciese a Policía Internacional de la Policía de Investigaciones, a fin que informe al tenor del recurso, debiendo evacuarlo dentro del plazo de diez días, adjuntando todos los antecedentes que existan en su poder sobre el asunto motivo del recurso, los que deberá remitir, en lo posible, en forma digitalizada, bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento, de aplicarle alguna de las medidas que contempla el Nº 15 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales. Ofíciese, por correo electrónico en el caso de existir alguno de carácter institucional que esté en conocimiento de la Unidad de Cum

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción SYS/jcd Concepción, veintisiete de septiembre de dos mil veintitrés. Visto: Pudiendo eventualmente lo relatado encuadrarse en la acción contemplada en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, procédase al ingreso del presente recurso de amparo en el Libro de Recursos de Protección para continuar su tramitación, debiendo agregarse junto al recurso, copia de la

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