SANDREA/DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS CONSULARES, MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Rol
Fecha
27 de septiembre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
MIGSA13. RECHAZADA
Hechos
Vistos: Que, a folio 1 se recurrió de protección en favor de LUIS FERNANDO SANDREA MONASTERIOS, y contra el Servicio Nacional de Migraciones, porque ilegal y arbitrariamente no se ha pronunciado sobre la visa de permanencia definitiva/temporal solicitada, lo que vulnera su garantía de igualdad ante la ley. Solicitó ordenar a la recurrida que emita su parecer en el breve plazo, con costas. Que, se prescindió del informe solicitado y se trajeron los autos en relación. 06-08-2021.ecurrente:a: 04-08-2021 como residente temporario,le. a la fecha,, para que remita copia de las cartolas bancarias dCON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO. Primero: Que, el asunto por el cual se solicita la adopción de medidas que restablezcan el imperio del derecho dice relación con la omisión arbitraria o ilegal por parte de la recurrida, en orden a acoger o rechazar la solicitud de nacionalización del recurrente, alegando que la recurrida ha demorado en exceso al resolver su solicitud, actuando en contravención al principio de celeridad establecido en la Ley 19.880. Segundo: Que, sin entrar al fondo del debate, el presente recurso será desechado por cuanto el recurrente no acompañó ningún documento que acreditara la presentación de la solicitud objeto del recurso. A su turno, el servicio informante dio cuenta que no existe en sus registros la solicitud supuestamente iniciada por el actor. En tales circunstancias no se acreditó el hecho base para emitir un pronunciamiento cautelar. Por estas consideraciones y lo establecido en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se rechaza, sin costas el recurso de protección deducido en favor de LUIS FERNANDO SANDREA MONASTERIOS, y en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, notifíquese, certifíquese una vez ejecutoriada, y en su oportunidad archívese. N°Protección-7129-2023
Fallo
Por estas consideraciones y lo establecido en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se rechaza, sin costas el recurso de protección deducido en favor de LUIS FERNANDO SANDREA MONASTERIOS, y en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, notifíquese, certifíquese una vez ejecutoriada, y en su oportunidad archívese. N°Protección-7129-2023
Texto Completo (Preview)
tcc C.A. Valparaíso Valparaíso, veintisiete de septiembre de dos mil veintitrés. Vistos: Que, a folio 1 se recurrió de protección en favor de LUIS FERNANDO SANDREA MONASTERIOS, y contra el Servicio Nacional de Migraciones, porque ilegal y arbitrariamente no se ha pronunciado sobre la visa de permanencia definitiva/temporal solicitada, lo que vulnera su garantía de igualdad ante la ley. Solicitó or
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