1º JUZGADO DE LETRAS DE CALAMA

COMUNIDAD INDÍGENA ATACAMEÑA DE CASPANA/MOP / DIRECCIÓN GENERAL DE AGUAS

Rol

44033-2022

Fecha

23 de agosto de 2022

Materia

Civil

Resultado

INADMISIBLES RECURSOS DE CASACIÓN FORMA Y FONDO

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que, en estos autos Rol N° 44.033-2022, caratulados “Comunidad Atacameña de Caspana con Ministerio de Obras Públicas-DGA”, sobre procedimiento de regularización de derechos de aprovechamiento de aguas, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 781 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se ha ordenado dar cuenta de los recursos de casación en la forma y en el fondo interpuestos por la Corporación Nacional del Cobre de Chile (Codelco), en contra de la resolución de la Corte de Apelaciones de Antofagasta que revocó la de 31 de enero de 2022, dictada por el Primer Juzgado de Letras de Calama que acogía la solicitud de Codelco de ser tenido como tercero independiente en la presente causa y, en su lugar, rechaza tal petición. Segundo: Que el artículo 766 del Código de Procedimiento Civil dispone que el recurso de casación en la forma tiene lugar contra sentencias definitivas, sentencias interlocutorias cuando ponen término al juicio o hacen imposible su continuación y, excepcionalmente, contra las sentencias interlocutorias dictadas en segunda instancia sin previo emplazamiento de la parte agraviada, o sin señalar día para la vista de la causa. A su turno, el artículo 767 del mismo cuerpo legal establece que el recurso de casación en el fondo tiene lugar contra sentencias definitivas e interlocutorias inapelables cuando ponen término al juicio o hacen imposible su continuación, dictadas, en lo que interesa, por Cortes de Apelaciones, siempre que se hayan pronunciado con infracción de ley, y aquella haya influido substancialmente en lo dispositivo de la sentencia. Corresponde entonces recordar que el artículo 158 del Código de Procedimiento Civil ha definido la sentencia definitiva como aquella resolución judicial que pone término al procedimiento, en la instancia respectiva, resolviendo la cuestión materia del juicio, esto es, el asunto controvertido. Tercero: Que, como puede advertirse, la resolución objetada por la vía d

Fallo

se declaran inadmisibles los recursos de casación en la forma y en el fondo interpuestos con fecha cinco de julio de dos mil veintidós, en contra de la resolución de quince de junio del mismo año, dictada por la Corte de Apelaciones de Antofagasta. Regístrese y devuélvase. Rol N° 44.033-2022.

Texto Completo (Preview)

Santiago, veintitrés de agosto de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, en estos autos Rol N° 44.033-2022, caratulados “Comunidad Atacameña de Caspana con Ministerio de Obras Públicas-DGA”, sobre procedimiento de regularización de derechos de aprovechamiento de aguas, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 781 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se ha ordenad

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