CRISTOBAL GANDINI PAPIC / TESORERÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA CHILE
Rol
Fecha
26 de septiembre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que se ha elevado para el conocimiento de esta Corte el recurso de apelación deducido por la parte ejecutada contra la resolución de uno de febrero de dos mil veintitrés dictada por la Tesorera Provincial del Maipo, que rechazó el incidente de abandono del procedimiento y el artículo de decaimiento administrativo interpuesto en forma subsidiaria, que dedujo en su oportunidad respecto del expediente Rol Nº 10698-2017 San Bernardo. Segundo: Que la tesis que se plantea en la resolución de primer grado se opone a aquella sostenida por esta Corte de Apelaciones de manera reiterada, en orden a que el Tesorero Provincial o Regional, según corresponda, actúa en la primera fase del procedimiento de cobro de obligaciones tributarias como juez sustanciador en sede administrativa y ejerce efectivamente jurisdicción, en tanto está facultado por la ley para adoptar decisiones con autoridad de cosa juzgada que se pronuncian respecto de un conflicto de relevancia jurídica. No se desconoce que la competencia del Tesorero es limitada por la ley para decidir ciertas y determinadas cuestiones e incluso circunscrita a la adopción de resoluciones que supongan un resultado específico, pero aun así, en tanto dentro de esas competencias se contemple la de emitir pronunciamientos que zanjen controversias regidas por el Derecho, es un órgano que, como se dijo, ejerce jurisdicción. Refuerza lo anterior lo sostenido por la Excma. Corte Suprema, en tanto ha señalado que “es la propia ley la que reiteradamente le asigna la calidad de juez sustanciador al Tesorero Comunal y le entrega la resolución de materias propias de dicha calidad y ajenas al ámbito administrativo, haciendo supletorias las disposiciones comunes a todo procedimiento” (SCS Rol N° 1730-13 de 16 de mayo de 2013), y que el proceso de cobranza tramitado en el expediente administrativo seguido ante el Tesorero Provincial respectivo “es de naturaleza jurisdiccional, y está sometido al tribunal co
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales citadas y en los artículos 3°, 152, 153 y 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca, la resolución de uno de febrero del año en curso, dictada por la Tesorería Provincial del Maipo en la causa Rol Nº 10698-2017 San Bernardo, y se declara que se acoge el incidente de abandono del procedimiento promovido por la ejecutada, sin costas. Devuélvase. N° 45-2023 Tributario y Aduanero.
Texto Completo (Preview)
Certifico que se anunció, escuchó relación y alegó en la Cuarta Sala, por el recurso el abogado Carlos Gandini Papic. San Miguel, 26 de septiembre de 2023. Javiera López Ossandón, relatora ad hoc. San Miguel, veintiséis de septiembre de dos mil veintitrés. Al escrito folio 9: Téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que se ha elevado para el conocimiento de esta Corte el recurso de
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