LUNA/CAJA DE COMPENSACION DE ASIGNACION FAMILIAR DE LOS ANDES
Rol
Fecha
26 de septiembre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente Primero: Que el abogado Israel Tapia Poblete deduce recurso de protección a favor de doña María Fernanda Luna Severino, en contra de la Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Andes, por el acto arbitrario e ilegal consistente en no pagar la licencia médica de la recurrente, Folio 3-86649629, por 30 días, esto es, desde el de 24 mayo de 2023 al 22 de junio de 2023, la cual fue autorizada por la Comisión de Medicina Preventiva. Expresa que la recurrida argumenta que primero se debe autorizar para pago las licencias médicas anteriores, por la misma patología, correspondiente a Folio 3-83975148, por 45 días, desde el 25 de marzo de 2023 al 23 de abril de 2023, y Folio 3-85279458, por 30 días, desde el 24 de abril de 2023 al 23 de mayo de 2023, las cuales fueron rechazadas por la Comisión, encontrándose actualmente con recurso pendiente ante la Superintendencia de Seguridad Social, lo que convierte la negativa de la Caja de Compensación en un acto arbitrario e ilegal que vulnera las garantías previstas por los numerales 2 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República . Finalmente, solicita que se acoja el presente recurso y se ordene a la recurrida dar curso al pago de la licencia médica Folio 3-86649629. Segundo: Que comparece Inés Riquelme Arao en representación de la Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Andes, indicando que la Superintendencia de Seguridad Social es la entidad que controla y supervisa a las Cajas de Compensación, encontrándose regida por lo indicado en el D.F.L. N° 44, que, en sus artículo 4° y 6°, define los requisitos que deben cumplir los beneficiario de las Cajas de Compensación y FONASA para tener derecho al pago del Subsidio por Incapacidad Laboral, y que en el artículo 8 señala que para los efectos del cálculo de los subsidios a que se refiere el inciso primero del artículo 195, el inciso segundo del artículo 196 y el artículo 197 bis, todos del Código del Trabajo, se consider
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo previsto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido por María Fernanda Luna Severino en contra de Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Andes Regístrese y archívese en su oportunidad. N°3009-2023-Protección
Texto Completo (Preview)
San Miguel, veintiséis de septiembre de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente Primero: Que el abogado Israel Tapia Poblete deduce recurso de protección a favor de doña María Fernanda Luna Severino, en contra de la Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Andes, por el acto arbitrario e ilegal consistente en no pagar la licencia médica de la recurrente, Folio 3-86649629, por 30 día
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