XIMENA ANDREA JARA VIVEROS /TESORERÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA CHILE Y OTROS
Rol
Fecha
26 de septiembre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: Comparece doña Ximena Andrea Jara Viveros, deduciendo recurso de protección en contra de Banco Estado, de la Comisión Administradora del Sistema de Créditos para Estudios Superiores (Comisión Ingresa), y en contra de la Tesorería General de la República. Narra que producto de la situación económica en que se encontraba, con fecha 15 de noviembre de 2017 debió solicitar la liquidación voluntaria de sus bienes en los términos establecidos en la Ley 20.720, bajo el rol C-7469-2017 ante el 3° Juzgado Civil de Concepción. En dicho procedimiento, ofreció todos sus bienes para el pago de las deudas existentes, dictándose la resolución de término con fecha 12 de noviembre de 2020, para luego certificarse que se encontraba ejecutoriada el 3 de diciembre del mismo año. En consecuencia, y al amparo del artículo 255 de la referida ley, se han extinguidos por el sólo ministerio de la ley y para todos los efectos legales, los saldos insolutos de las obligaciones contraídas con anterioridad al inicio del procedimiento concursal de liquidación. Entre ellas, la deuda con el Instituto Profesional Virginio Gómez, ascendente a la suma de $2.159.676, por concepto de dos años de estudio financiados mediante el Crédito con Aval del Estado, otorgado por Banco Estado, y cuyo pago estaba siendo demandado ante el 2° Juzgado de Letras en lo Civil de Concepción en causa ROL C-4938-2012. Relata que ni el referido Instituto ni el Banco concurrieron al procedimiento verificando su crédito o solicitando la exclusión de éste, en consecuencia, se extinguieron dichas acreencias y debió ser eliminado de sus registros como persona deudora. Expone que no obstante lo anterior, el 17 de mayo del 2023, al solicitar a la Tesorería General de la República la devolución de los impuestos a la renta correspondientes a los años 2021, 2022 y 2023, esta no se efectuó a consecuencia del procedimiento concursal ROL C-7469- 2017, ya antes referido, y que luego, el 18 de junio de 2023, se le informó lo sigu
Fundamentos
considerando que la deuda se encuentra extinguida. Es más, asevera que la retención de impuestos de la recurrente fue abonada con fecha 19 de julio de 2023, estando disponibles los montos retenidos.
Fallo
Por tanto, solicita el rechazo de la presente acción, toda vez que faltaría el presupuesto fáctico indispensable para que el recurso pueda ser acogido, y en consecuencia no existe vulneración alguna del derecho consagrado en el artículo 19 N°4 de la Constitución Política de la República, ni medida alguna que pueda adoptarse para restablecer el imperio del derecho. A folio 24, informa la Tesorería General de la República, señalando que la devolución de los remanentes de pago, debidamente autorizado y liberado por el Servicio de Impuestos Internos para los años tributarios 2021, 2022 y 2023, no pudo ser restituida a la recurrente puesto que el 12 de abril de 2023, la Comisión Administradora del Sistema de Créditos para Estudios Superiores (Comisión Ingresa), ingresó retención, por todas las devoluciones de Renta, por deuda generada con ocasión del Crédito con Aval del Estado, por la suma de 87.58 Unidades de Fomento, en favor del acreedor Banco del Estado de Chile. Expone que al tenor de la Ley 20.027 y su Reglamento, le corresponde efectuar las retenciones que le informe la entidad crediticia acreedora e imputar dicho monto al pago de la mencionada deuda. En consecuencia, sólo se ha limitado a dar cumplimiento a las obligaciones que le ha impuesto la ley, por lo cual su actuar no puede considerarse arbitrario o ilegal como se pretende. Termina señalando que actualmente la recurrente no registra deuda en su cuenta única. En folio 25 se trajeron los autos en relación. CON L
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C.A. de Concepción. Concepción, veintiséis de septiembre de dos mil veintitrés. VISTOS: Comparece doña Ximena Andrea Jara Viveros, deduciendo recurso de protección en contra de Banco Estado, de la Comisión Administradora del Sistema de Créditos para Estudios Superiores (Comisión Ingresa), y en contra de la Tesorería General de la República. Narra que producto de la situación económica en que se
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