SIN INFORMACION

DANECK/CONTRALORIA

Rol

Fecha

26 de septiembre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero: Que a folio 1, el 27 de mayo del año en curso, compareció el abogado Gunther Emilio Kreither Feliú, en representación de CLAUDIO ANTONIO DANECK MUÑOZ, chileno, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad número 15.136.992-8, domiciliado en Reserva Huilquilemu, Lote 23, comuna de Talca, región del Maule, y dedujo recurso de protección en favor de este último y en contra del MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO DE CHILE, R.U.T. N° 61.801.000-7, representado por el señor Ministro de Vivienda y Urbanismo, don Carlos Eduardo Montes Cisternas, o quien haga sus veces, conforme a la Constitución Política de la Republica y la Ley, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Bernardo O’Higgins número 924,comuna de Santiago, región Metropolitana y en contra de la CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, representada a través de la CONTRALORÍA REGIONAL DEL MAULE, R.U.T. N° 60.400.000-9, representada por el Contralor Regional don Carlos Rodrigo Basáez Valdebenito, o la persona quien la subrogue, asuma el interinato o titularidad de su cargo, o quien haga sus veces, conforme a la Constitución Política de la Republica y la Ley, ambos domiciliado para estos efectos en calle Isidoro del Solar número 21, comuna de Talca, región del Maule. Fundó su recurso en que el 2011 ingresó al Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región del Maule y desde su ingreso nunca se instruyó un procedimiento disciplinario en su contra, ni tuvo anotaciones de reproche o demérito, manteniendo calificaciones sobresalientes. Precisó que en el 2012 fue nombrado Jefe de Departamento del Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región del Maule, por un período de 3 años, pero que, atendido sus méritos, se mantuvo en dicho cargo, independientemente de la administración de turno. Agregó que luego, desde el 2018, ante la vacancia del cargo de Director del Servicio de Vivienda y Urbanización del Maule, asumió la subrogación de dicho cargo, con todas sus responsabilidades. Refirió que por resolución exenta N° PD00384, de 2020, la Contraloría Regional del Maule instruyó un sumario administrativo en SERVIU de la región del Maule, procedimiento disciplinario que fue ordenado por el Contralor General a través de su dictamen N° 5.346, de 2 de marzo de 2020, para investigar la participación de funcionarios de dicho Servicio en la interposición de acciones judiciales en contra de los exservidores, Rafael Vigueras y Manuel Norambuena, que habían sido desvinculados recientemente, lo que habría impedido la intervención a la entidad fiscalizadora, atendido lo dispuesto por el artículo 6° de la Ley 10.336, constituyendo aquello una desviación de poder y un incumplimiento de la jurisprudencia administrativa. Indicó que la Contraloría General de la República, acogiendo un requerimiento del recurrente, determinó que, en el caso de Manuel Norambuena, la Contraloría no estaba sujeta al deber de abstención, pues la demanda no le había sido notificada, lo que debía ser ponderado

Fallo

se declarara la extinción del vínculo contractual entre el aludido servicio y los mencionados trabajadores, alegando la incertidumbre jurídica generada por la Contraloría General de la República al emitir sus dictámenes N°s 22.766, de 2016 y 6.400, de 2018, entre otros -los cuales, en síntesis, reconocen el principio de confianza legítima para la renovación de contrata de determinados funcionarios, bajo ciertas condiciones- con la finalidad de eludir la acción de esta Entidad Fiscalizadora y los efectos obligatorios de sus pronunciamientos jurídicos para la Administración; en circunstancias que el jefe del Departamento Jurídico de la época, don Fernando Soto Ramírez, le habría advertido la improcedencia de entablar esas acciones judiciales; habiendo utilizado recursos públicos para esos efectos.” Señaló que aquello fue notificado al recurrente y este presentó sus descargos, dictándose luego la resolución exenta N° PD00987, el 28 de diciembre de 2022, en que la Contraloría Regional del Maule aprobó el sumario y propuso la medida disciplinaria, dictando el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, el 5 de abril del mismo año, la Resolución Exenta N° 738, la que le fue remitida por carta certificada al recurrente el 26 de abril de 2023, aplicando la medida disciplinaria de destitución. Expresó que su recurso se dirige en contra de ambas resoluciones, alegando que la resolución del MINVU vulnera el artículo 140 del Estatuto Administrativo, que señala que ningún funcionario puede ser s

Texto Completo (Preview)

Talca, veintiséis de septiembre de dos mil veintitrés.- VISTO Y CONSIDERANDO: Primero: Que a folio 1, el 27 de mayo del año en curso, compareció el abogado Gunther Emilio Kreither Feliú, en representación de CLAUDIO ANTONIO DANECK MUÑOZ, chileno, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad número 15.136.992-8, domiciliado en Reserva Huilquilemu, Lote 23, comuna de Talca, región del Maule, y

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica