ROSALES NEIRA LUZ VERONICA / COLEGIO DE TECNOLOGOS MEDICOS DE CHILE A.G
Rol
Fecha
26 de septiembre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que con fecha 23 de junio de 2023 comparece doña Luz Verónica Rosales Neira y deduce acción constitucional de protección en contra del Colegio de Tecnólogos Médicos de Chile A.G., y contra el Tribunal de Honor de dicha corporación, por los actos que estima ilegales y arbitrarios consistente en haber aplicado la medida de expulsión del referido colegio y que afectan sus garantías constitucionales consagradas en los numerales 2°, 3° y 16° del artículo 19 de la Constitución Política de la República, solicitando se disponga que las recurridas cesen en las conductas antijurídicas, acosatorias y persecutorias en su contra, ajustando sus procedimientos a las normas del debido proceso y aquellas que la misma recurrida ha dispuesto para reclamos disciplinarios y éticos en su propia reglamentación. Expone que con motivo del tercer llamado a elecciones para el Consejo Nacional del Colegio de Tecnólogos Médicos de Chile, se presentó como candidata junto a otros once colegiados en una lista, la que fue refrendada por 16 colegas socios activos de la corporación. Posteriormente el TRICEL nombrado al efecto, luego de solicitar al Directorio Nacional los antecedentes de los once candidatos, ratificó las candidaturas de todos los postulantes mediante Comunicado N°25 de fecha 30 de mayo de 2023. El proceso eleccionario debía realizarse los días 15 y 16 de junio de 2023 a través de una plataforma electrónica, sin embargo, el proceso fue suspendido por la Directiva Nacional, según comunicado del día 15 de junio emitido por el TRICEL, en el que se menciona que una de las razones para suspender el proceso es que el TRICEL validó su candidatura a pesar de que el Consejo Nacional le señaló en un recurso de reposición al Comunicado N° 25 del TRICEL que la protegida se encuentra expulsada del Colegio por no pago de las cuotas sociales. Habiéndose enterado por medio de esta comunicación del TRICEL de su expulsión, solicitó por correo electrónico a la Pre
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección, se declara que se rechaza, sin costas, el recurso deducido por doña Luz Verónica Rosales Neira en contra del Colegio de Tecnólogos Médicos de Chile A.G. Comuníquese, regístrese y en su oportunidad, archívese N°Protección-11387-2023.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintiséis de septiembre de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Primero: Que con fecha 23 de junio de 2023 comparece doña Luz Verónica Rosales Neira y deduce acción constitucional de protección en contra del Colegio de Tecnólogos Médicos de Chile A.G., y contra el Tribunal de Honor de dicha corporación, por los actos que estima ilegales y arbitrarios consist
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