SIN INFORMACION

FERRI/CONACEO

Rol

Fecha

28 de septiembre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Comparece el abogado Juan José Valenzuela Silva, quien recurre de protección en favor de Juan Pablo Ferri Leiva, en contra de la Corporación Nacional Autónoma de Certificación de Especialidades Odontológicas -en adelante CONACEO- por la negativa a reconocer su especialidad de ortodoncia y ortopedia dentofacial, vulnerando con ello sus garantías contempladas en los Nos2 y 21 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Expuso que su representado es cirujano dentista desde el año 2007, obteniendo su título profesional en la Universidad de Mendoza, Argentina, el que cuenta con revalidación por la Universidad de Chile, en marzo de 2020. Hace presente que en el año 2017 inició la especialización en la Universidad Nacional de Cuyo, Mendoza, denominada “Especialización en Ortodoncia y Ortopedia Dentofacial”, concluida con calificación sobresaliente en diciembre de 2020, la que se encuentra acreditada por la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria del Ministerio de Educación de la República Argentina, que es el símil en Chile de la Comisión Nacional de Acreditación –en adelante CNA-. Precisa que, no existiendo ley que regule las especialidades odontológicas y con el objeto de aparecer en el registro de especialistas de la Superintendencia de Salud, en diciembre de 2021 presentó los antecedentes necesarios ante el CONACEO con el objeto de certificar la especialidad, como la única entidad certificadora acreditada ante la Intendencia de Prestadores de la Superintendencia de Salud en el área odontológica. Agrega que, luego de 13 meses sin respuesta, el 19 de enero de 2023, mediante carta suscrita por el presidente del Directorio de esa entidad, Benjamín Ravinet Patiño, se le informó que su certificación no fue aceptada por cuanto obtuvo una nota inferior a la nota mínima de calificación para certificarse, que es un cinco. Alega que tal negativa es ilegal ya que contraviene el Acuerdo de Reconocimient

Fallo

Por estas consideraciones y lo previsto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido por el abogado Juan José Valenzuela Silva, en representación de Juan Pablo Ferri Leiva, en contra de Corporación Nacional Autónoma de Certificación de Especialidades Odontológicas -CONACEO-. Regístrese y archívese, en su oportunidad. Redacción de la ministra Ana María Osorio Astorga. Protección Rol N°1.709-2023. Pronunciada por la Octava Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Omar Astudillo Contreras e integrada por la Ministra señora Ana María Osorio Astorga y por la Abogada Integrante señora Paola Herrera Fuenzalida. No firma la Ministra señora Osorio, no obstante haber concurrido a la vista y al acuerdo, por encontrarse ausente. 1

Texto Completo (Preview)

Santiago, veintiocho de septiembre de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Primero: Comparece el abogado Juan José Valenzuela Silva, quien recurre de protección en favor de Juan Pablo Ferri Leiva, en contra de la Corporación Nacional Autónoma de Certificación de Especialidades Odontológicas -en adelante CONACEO- por la negativa a reconocer su especialidad de ortodoncia y ortopedia dent

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