SIN INFORMACION

LARA/GUTIÉRREZ

Rol

Fecha

25 de septiembre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto y teniendo presente: Primero: Que, con fecha 18 de junio de 2023, comparece Rubén Arturo Lara Carrasco, Cabo 1° de Carabineros de Chile, e interpone acción de protección en contra de (1) la Dirección General de Carabineros, representada por su General Director don Ricardo Alex Yañez Reveco, y en contra de (2) la Prefectura Radiopatrulla e Intervención Policial Este, representada por el Teniente Coronel Rodrigo Gutiérrez Méndez, por el acto arbitrario e ilegal consistente en Resolución Exenta N°106 de fecha 19 de mayo de 2023, de la Prefectura Radiopatrulla e Intervención Policial Este, por medio de la cual se dispone la Baja de las Filas de la Institución por conducta mala y con efectos inmediatos. Expone que ingresó a la Institución el 1 de junio de 2009, contando a la fecha de la baja de las filas de la Institución con 13 años y 11 meses de servicios efectivos, donde siempre ha dado cumplimiento con todos los aspectos profesionales para desempeñar las tareas encomendadas por la Constitución Política de la República, leyes y normativas reglamentarias institucionales, atendiendo a las necesidades del servicio, planificación estratégica institucional y a la comunidad toda, manteniendo siempre un irrestricto apego al régimen disciplinario que rige a la Institución; como también, a los principios éticos, morales y valóricos que deben adornar a cada Carabinero. Indica que la resolución recurrida carece tanto de sustento como de mínimo mérito probatorio, toda vez que el Prefecto de la Prefectura Radiopatrulla e Intervención Policial Este, Teniente Coronel Rodrigo Gutiérrez Méndez, no fue quien presenció u observó la supuesta falta al régimen disciplinario que se le atribuye, así como tampoco existió por parte del actor alguna confesión o reconocimiento culpable del hecho, tal como lo dispone el artículo 12 del Reglamento de Disciplina de Carabineros de Chile N°11, sino que, únicamente, se basó para disponer su baja inmediata en los documentos (a) “El documento El

Fallo

por tanto, su derecho a la libre elección del trabajo, que años atrás ejerció al ingresar libre y voluntariamente a las filas de Carabineros de Chile. Solicita se acoja el recurso, ordenando se deje sin efecto la Resolución Exenta N°106 de fecha 19 de mayo de 2023. Segundo: Que, con fecha 21 de agosto de 2023, evacúa informe la Prefectura Radiopatrullas e Intervención Policial Este. Indica que tras una revisión aleatoria al “libro de registro control y entrega de evidencia, el día 31 de marzo de 2023 se detectó que el recurrente mantenía una inobservancia referente a la Cadena de Custodia N.U.E. N°4090019, correspondiente a un CD para envío a la Fiscalía Local de Ñuñoa de 25 de agosto de 2022 con el Oficio N°393, especie que no se encontraba bajo resguardo de la oficina de custodia de evidencias, así como tampoco aparecía como entregada al respectivo Tribunal, por lo anterior es que se le concedió un plazo para subsanar sus errores, sin embargo en el mes de mayo pasado se efectuó una nueva revisión a los libros, donde se constataron otras inconsistencias, incluso se percataron de la existencia de un parte policial con especies (dinero) el cual nunca fue entregado y recepcionado al Tribunal respectivo. Atendido lo anterior es que los antecedentes fueron puestos en conocimiento del Fiscal Militar Capitán de Ejército Alfredo Villagrán Godoy, quien dispuso se diera cuenta por el delito de “hurto agravado”, concurrencia del personal del Departamento de Asuntos Internos, tomar

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veinticinco de septiembre de dos mil veintitrés. Al folio 19; téngase presente. Visto y teniendo presente: Primero: Que, con fecha 18 de junio de 2023, comparece Rubén Arturo Lara Carrasco, Cabo 1° de Carabineros de Chile, e interpone acción de protección en contra de (1) la Dirección General de Carabineros, representada por su General Director don Ricardo Alex Yañez Re

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