ANGULO SINISTERRA FÉLIX EDUARDO/ SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
25 de septiembre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto y teniendo presente: Primero: Con fecha 13 de septiembre de 2023, comparece Rodrigo Godoy Araya, abogado auxiliar de la Oficina de Derechos Humanos de la Corporación de Asistencia Judicial, en representación de Félix Eduardo Angulo Sinisterra, colombiano, e interpone recurso de amparo en contra del Decreto N°257, de fecha 31 de enero de 2018, dictado por el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que ordenó la expulsión del amparado del territorio nacional, siendo el recurrido el Servicio Nacional de Migraciones, representado por don Luis Eduardo Thayer Correa, continuador legal del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, en virtud de lo dispuesto en la Ley N°21.325. Expone que el amparado ingresó a Chile, por vía regular, el 9 de abril de 2016, el 28 de junio de ese año solicitó residencia temporaria, la que fue rechazada por el Departamento de Extranjería y Migración mediante Resolución Exenta Nº194442 de 5 de septiembre de ese año, por registrar antecedentes penales en su país de origen, junto con ello se dictó el abandono voluntario del país. Respecto a los antecedentes penales del actor, el 25 de octubre del 2002, fue condenado por el delito de tráfico, fabricación o porte de estupefacientes, en la modalidad de “llevar consigo cannabis”, siendo condenado a la pena de 32 meses de prisión y una multa equivalente a 1.33 salarios mínimos legales mensuales, se le concedió la suspensión condicional de su ejecución por un período de prueba de tres años, para otorgar este beneficio, se tuvo en consideración que no se demostró que la droga incautada lo era con fines de comercialización y teniendo en cuenta que la cantidad decomisada fue poca, pena que actualmente se encuentra cumplida; la segunda condena de 18 de agosto de 2005 corresponde al delito de o tráfico, fabricación o porte de estupefacientes, en la modalidad de “llevar consigo”, siendo condenado a la pena de 24 meses de prisión, respecto a la que tam
Fundamentos
motivos anteriores, no se advierte ilegalidad ni arbitrariedad en el acto objeto del recurso de amparo, toda vez que fue dictado con estricto apego a la legalidad, lo cual lleva necesariamente a desestimar la acción de amparo intentada.
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre la materia se rechaza, el recurso de amparo interpuesto en representación de Félix Eduardo Angulo Sinisterra. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad archívese. N° Amparo N°2190-2023
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veinticinco de septiembre de dos mil veintitrés. A los folios 12, 13 y 14; a todo, téngase presente. Visto y teniendo presente: Primero: Con fecha 13 de septiembre de 2023, comparece Rodrigo Godoy Araya, abogado auxiliar de la Oficina de Derechos Humanos de la Corporación de Asistencia Judicial, en representación de Félix Eduardo Angulo Sinisterra, colombiano, e interpo
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