SIN INFORMACION

VIVANCO/ALARCÓN

Rol

Fecha

25 de septiembre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto y teniendo presente: Primero. Jorge Vivanco Correa, jubilado, domiciliado en la comuna de Valdivia, deduce recurso de protección en contra de Paula Alarcón Vargas, domiciliada en la misma comuna, señalando que la recurrido está realizando obras de ampliación en la propiedad vecina a la que habita, sin considerar la construcción de un cortafuegos, acto que califica de arbitrario e ilegal, pues infringe las disposiciones pertinentes de la Ley General de Urbanismo y Construcciones y su Ordenanza, además de vulnerar sus derechos a la vida e integridad física y psíquica, vida privada de su persona y su familia y propiedad, garantizados en los numerales 1º, 4º y 24º del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Solicita la paralización de las obras y que se disponga la construcción de un muro cortafuegos así como el despacho de un oficio a la Ilustre Municipalidad de Valdivia para la revisión de su permiso de construcción. Segundo. La recurrida informó solicitando el rechazo del recurso, señalando que es dueña del inmueble en que construye y que la ampliación cuenta con autorización de la Dirección de Obras de la Ilustre Municipalidad de Valdivia, cumpliendo con la normativa vigente y contemplando la construcción de un muro cortafuegos. Tercero. El recurso de protección de garantías constitucionales, previsto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, es una acción constitucional, cuyo propósito consiste en obtener de los tribunales superiores de justicia, una tutela eficaz y eficiente para salvaguardar la integridad de los derechos fundamentales que aquella norma contempla. Al conocer un recurso de protección, es el deber constitucional de esta Corte adoptar, en forma inmediata, las providencias necesarias para asegurar la debida protección ante una acción u omisión arbitraria o ilegal, que importe una privación, perturbación o amenaza de los derechos y garantías que el constituyente establece. Cuarto. De los documentos agregados

Fallo

Por estas consideraciones y lo preceptuado en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se resuelve: Que se RECHAZA, sin costas, el recurso de protección interpuesto por Jorge Vivanco Correa en contra de Paula Alarcón Vargas. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°Protección-1513-2023. En Valdivia, veinticinco de septiembre de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

Foja: 0 Cero C.A. de Valdivia Valdivia, veinticinco de septiembre de dos mil veintitrés. Visto y teniendo presente: Primero. Jorge Vivanco Correa, jubilado, domiciliado en la comuna de Valdivia, deduce recurso de protección en contra de Paula Alarcón Vargas, domiciliada en la misma comuna, señalando que la recurrido está realizando obras de ampliación en la propiedad vecina a la que habita, sin c

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