ALVARADO/CAJA DE COMPENSACION DE ASIGNACION FAMILIAR DE LOS ANDES
Rol
Fecha
25 de septiembre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha veinticuatro de agosto de dos mil veintitrés comparece MARIO ESPINOSA VALDERRAMA, abogado, en representación de LUIS MAURICIO ALVARADO DIAZ, interponiendo recurso de protección de garantías constitucionales en contra de CAJA DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR LOS ANDES. Expone que con fecha 27 de febrero del 2014 su representado suscribió pagaré N° 43.0106862-5 en favor de la recurrida, por la suma de $ 5.028.363 por concepto de capital, más intereses. El capital e intereses serian pagados en 48 cuotas mensuales y sucesivas. Conforme consta del mismo instrumento, con fecha 9 de enero del 2015 su representado reprogramó la citada operación de crédito social, por la suma de $4.850.427, la que debía ser solucionada en 48 cuotas mensuales y sucesivas de $140.971, venciendo la primera de ellas el 31 de agosto de enero 2014 y la ultima el 31 de diciembre 2018. Asimismo, en el pagaré se estipuló que, el simple retardo en el pago de todo o parte de una cualquiera de las cuotas permitirá exigir la solución integra de la suma debida, considerándose la obligación de plazo vencido y capitalizados los intereses devengados y no pagados, todo conforme al artículo 9° de la ley 18.010. Es del caso que su representado pierde su trabajo, estando cesante durante varios meses, cayendo en mora respecto del referido pagaré respecto de la segunda cuota, con fecha de vencimiento 31 de diciembre del 2014. Es así como, con fecha 04 de septiembre del 2015, se inicia un procedimiento ejecutivo en su contra, por parte de la caja de compensación de asignación familiar Los Andes, radicada en el 1° Juzgado de Letras de Coquimbo, bajo el rol C-2638-2015, quien haciendo uso de la cláusula de aceleración, de forma tal que en la referida demanda ejecutiva se cobró todo el pagaré como si fuera de plazo vencido, haciéndose exigible toda la obligación el 24 de octubre de 2015, fecha en la cual se me notificó la demanda. Destaca que en dicha causa con fecha 17 de julio de 2023, su parte presenta incidente de abandono del procedimiento, respecto del cual el Tribunal confiere traslado a la contraria el 20 de julio de este año ordenando que se notifiqué por cédula, no existiendo más movimientos a la fecha desde esta presentación. Aduce que no existiendo una sentencia ejecutoriada, su representado nota que la parte recurrida está realizando descuentos a su liquidación de pago a fin de mes, advirtiendo que la cantidad entregada por concepto de remuneración era menor a la pactada debido a un descuento por la suma de $222.816.- por concepto “Préstamo CCAF Los Andes Ct.:61 de 97”. Lo anterior importa un detrimento ilegal y arbitrario a su remuneración mensual. Añade que incluso habían transcurrido más de 8 años desde que se había realizado el último descuento, reviviendo un descuento años después de manera arbitraria y antojadiza. Señala que, como se desprende de lo anteriormente señalado, el actuar de la recurrida es un acto arbitrario, antojadiz
Fallo
Por estas consideraciones solicita se ordene: A. Que la recurrida, CAJA DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR LOS ANDES, debe desistir o cesar en los descuentos por planilla efectuados sobre el sueldo que la parte recurrente percibe; B. La devolución de todos los dineros descontados con motivo del crédito antes señalado, y que motiva el presente recurso, incluyendo aquellos que se descuenten hasta que se dicte sentencia; C. Condenar en costas a la recurrida. Acompaña los siguientes documentos: 1.- Liquidación de Sueldo de LUIS MAURICIO ALVARADO DÍAZ correspondiente al mes de julio del año 2023; 2.- EBOOK de la causa C-2638-2015, caratulada “CAJA DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR LOS ANDES con ALVARADO” tramitada ante el 1ºJuzgado de Letras Civil de Coquimbo; 3.- Mandato Judicial protocolizado mediante firma electrónica ante Notario Público Felipe Villarino Krumm, Repertorio Nro.: 2546– 2023. Cuidad de Valdivia, 28 de junio de 2023. SEGUNDO: Que, evacuó informe INES RIQUELME ARAO, abogado, en representación de la CAJA DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR DE LOS ANDES. Expone que dicha Caja de Compensación con fecha 25 de febrero 2014 otorgo al señor Luis Mauricio Alvarado Díaz la operación de crédito código N° 43.106862-5 por un capital inicial de $5.028.363.-, a una tasa de Interés de 1.45%, pagadero en un plazo de 36 meses, con una cuota mensual de $183.397, cuyo primer vencimiento correspondió a fecha 31 de marzo 2014. Destaca que las cuotas de los meses de marzo
Texto Completo (Preview)
Alvarado Díaz, Luis Mauricio Caja de Compensación de Asignación Familiar de Los Andes Recurso de Protección Rol N°2035-2023.- La Serena, veinticinco de septiembre de dos mil veintitrés. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha veinticuatro de agosto de dos mil veintitrés comparece MARIO ESPINOSA VALDERRAMA, abogado, en representación de LUIS MAURICIO ALVARADO DIAZ, interponiendo recurso de
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