ROJAS/JCOMPOSTAJE SPA
Rol
Fecha
25 de septiembre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto y teniendo presente: Primero: Que el 18 de mayo de 2023, a folio 1, compareció don Matías Rojas Medina, concejal de Teno, con domicilio en Arturo Prat 191, Teno, Región del Maule, quien dedujo recurso de protección en favor suyo y de la Junta de Vecinos La Esmeralda, en contra de la empresa “JCOMPOSTAJE SpA”, ubicada en Parcela N° 24, rol predial N° 65-82, sector El Trebolar, comuna de Teno, Región del Maule, representada por don Jaime Muñoz Urra, acusando vulneración de la garantía constitucional consagrada en el artículo 19 N° 8 de la Constitución Política de la República, en razón del hecho que considera ilegal y arbitrario, consistente en el funcionamiento de la empresa de compostaje recurrida, sin contar con los permisos correspondientes, produciendo malos olores y vectores que afectan a la comunidad circundante, compuesta por los socios de la Junta de Vecinos y por el recurrente. Explicó que la empresa opera en el sector rural denominado “El Trebolar” de la comuna de Teno y que se dedica al acopio de residuos agrícolas y lodos sanitarios, de papelera, agroindustrias y pecuarias, los que son transportados en camiones y descargados en un predio agrícola abierto, generando olores molestos y vectores. Acusó que la recurrida funciona sin contar con patente municipal, según da cuenta el Oficio Interno N° 113 de 2 de mayo de 2.023, emitido por la Dirección de Administración y Finanzas de la Municipalidad de Teno, y sin contar con permisos regularizados de obras, como indica el Oficio Interno N° 014 de 15 de mayo de 2023, emitido por la Dirección de Obras Municipales de la misma entidad. Asimismo, la actividad en comento fue fiscalizada por la Seremi de Salud del Maule el 21 de septiembre de 2.022, en que se constató mediante Acta Folio N° 075143 la existencia de un sitio de procesamiento de residuos que no contaba con canaletas impermeabilizadas para captación de lixiviados, De manera tal de evitar la contaminación de aguas subterráneas, ni autorización sani
Fundamentos
motivos por los cual se inició un sumario sanitario. Añade que, luego, el día 14 del mismo mes y año, el titular de la actividad ingresó antecedentes, a través del portal MIDAS, para tramitar su “autorización de la instalación desvalorización o eliminación de residuos no peligrosos”, que se encuentra en trámite. Posteriormente, el 23 de mayo pasado, se realizó una fiscalización a las instalaciones para constatar el cumplimiento de la normativa de modo tal de informar la tramitación de autorización de funcionamiento, consignándose en el acta que la instalación cumple los requisitos sanitarios. A modo de resumen, indicó que la empresa se encuentra funcionando y que, desde el punto de vista administrativo, cuenta con la resolución de aprobación del proyecto, mientras que se encuentra en trámite la resolución que autoriza el funcionamiento. Asimismo, se han realizado 3 fiscalizaciones, iniciándose en una de ellas un sumario sanitario por no contarse con la autorización sanitaria para el funcionamiento de la instalación, sin constatarse la generación de externalidades negativas como lo son la emisión de olores que afectan el entorno en donde se emplaza la empresa. Cuarto: Que el 9 de junio de 2.023, a folio 18, informó la abogada Lorena González Herrera, por la Municipalidad de Teno. En relación con los permisos medioambientales, expuso que a raíz de una denuncia anónima, el 22 de marzo de este año, el personal municipal realizó una visita a las instalaciones de la planta de compostaje recurrida, constatándose al interior de la propiedad el tránsito de un camión que descargaba lodos agroindustriales en un patio de compostaje y una oficina. Indica que en aquella oportunidad se percibieron olores de baja intensidad, propios de la naturaleza de la actividad, circunscritos al área de pilas. Consultadas personas del sector, éstas dieron cuenta de la presencia aislada de olores en algunos horarios del día y una alta cantidad de moscas. Señaló que al momento de visita el propietario no disponía de todos los permisos sanitarios, por lo que se ingresó por la plataforma OIRS del SEREMI de Salud del Maule, la solicitud de fiscalización Nº 2013785, de la que se obtuvo respuesta el 3 de abril pasado, indicándose que, si bien existe un proyecto aprobado y otros permisos sanitarios conferidos, aún no se ha otorgado el permiso de funcionamiento al recinto en cuestión. Por lo anterior se ingresó una nueva solicitud a la Secretaría Regional Ministerial de Salud del Maule, la que informó, posteriormente, del inicio de un sumario sanitario contra la planta de reciclaje por operar sin contar con un permiso de funcionamiento aprobado. Respecto de los permisos constructivos, indicó que 4 de abril de 2.023, a través de un inspector de la Dirección de Obras Municipales, se notificó a don Jaime Muñoz Urra, representante legal de la razón social “JCompostaje SpA”, citándolo para el 5 de abril a la oficina de revisión técnica municipal para proceder a la regularización de su
Fallo
Fallo del Recurso de Protección, se declara: Que se rechaza el Recurso de Protección deducido por Matías Rojas Medina en contra de “JCOMPOSTAJE SpA”, sin costas. Lo anterior, sin perjuicios de otros derechos de las partes. Redacción del ministro Carrillo González. Regístrese y archívese en su oportunidad. Rol I. C. 964-2023/Protección. Se deja constancia que no firma la Abogada Integrante doña Carolina Araya López, no obstante haber concurrido a la vista y acuerdo, por encontrarse ausente. 1
Texto Completo (Preview)
Recurso de Protección Rol I. C. 964-2023. “Matías Rojas Medina contra JCOMPOSTAJE SpA”. Talca, veinticinco de septiembre de dos mil veintitrés. Al Folio 27: Agréguese a sus antecedentes. En cuanto al Recurso de Protección: Visto y teniendo presente: Primero: Que el 18 de mayo de 2023, a folio 1, compareció don Matías Rojas Medina, concejal de Teno, con domicilio en Arturo Prat 191, Teno, Regió
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