ANONIMIZADO
Rol
Fecha
25 de septiembre de 2023
Materia
ALIMENTOS
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley 19.968, se confirma la resolución apelada de cuatro de abril del año en curso, dictada por el Juzgado de Familia de Talagante, en los autos RIT Z-330-2022. Sin perjuicio de lo resuelto, el tribunal a quo deberá fijar día y hora para la realización del remate de los bienes embargados una vez vencido el plazo otorgado al demandado por resolución de quince de septiembre pasado (folio 49), en caso de no cumplir éste con el apercibimiento decretado. Devuélvase. N° 645-2023- Familia.
Texto Completo (Preview)
San Miguel, veinticinco de septiembre de dos mil veintitrés. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley 19.968, se confirma la resolución apelada de cuatro de abril del año en curso, dictada por el Juzgado de Familia de Talagante, en los autos RIT Z-330-2022. Sin perjuicio de lo resuelto, el tribunal a quo deberá fijar día
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