HONORATO REYES HERNAN EDUARDO / ISAPRE BANMEDICA S.A
Rol
Fecha
2 de octubre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ARCHÍVESE
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de lo informado por el recurrente, en cuanto a la mantención del plan de salud por parte de la Isapre recurrida, y no existiendo en la actualidad medidas protectoras que esta Corte pueda adoptar en los términos establecidos en la Carta Fundamental, se omite pronunciamiento, respecto del recurso de protección deducido por Hernán Honorato Reyes, el veintinueve de junio de dos mil veintitrés. Archívese. N°Protección-11690-2023. (ccc)
Fundamentos
fundamentos tenidos en consideración al momento de dictar la resolución impugnada, se rechaza la reposición. Al folio 18: a lo principal, por evacuado el traslado, estese al mérito lo que se resolverá a continuación. Al otrosí, a sus antecedentes los documentos acompañados. Vistos: Atendido el mérito de lo informado por el recurrente, en cuanto a la mantención del plan de salud por parte de la Isapre recurrida, y no existiendo en la actualidad medidas protectoras que esta Corte pueda adoptar en los términos establecidos en la Carta Fundamental, se omite pronunciamiento, respecto del recurso de protección deducido por Hernán Honorato Reyes, el veintinueve de junio de dos mil veintitrés. Archívese. N°Protección-11690-2023. (ccc)
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago. Santiago, dos de octubre de dos mil veintitrés. Al folio 17: atendido que los argumentos expuestos no logran hacer variar aquellos fundamentos tenidos en consideración al momento de dictar la resolución impugnada, se rechaza la reposición. Al folio 18: a lo principal, por evacuado el traslado, estese al mérito lo que se resolverá a continuación. Al otrosí, a sus antecedentes lo
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