22º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

SERRANO CONSULTORES LIMITADA/PAN ATLANTIC BANK AND TRUST LIMITED - VUELVE A TABLA

Rol

53230-2022

Fecha

23 de agosto de 2022

Materia

Civil

Resultado

INADMISIBLE CASACIÓN DE FONDO

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Hechos

Visto y teniendo presente: 1°.- Que en este procedimiento tramitado ante el Vigésimo Segundo Juzgado Civil de Santiago bajo el Rol C-7631-2019, caratulado “Serrano Consultores Limitada/ Pan Atlantic Bank and Trust Limited”, la demandante deduce casación en el fondo contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de esta ciudad por la cual se confirmó la resolución de primera instancia que acogió la excepción del artículo 464 N° 7 del Código de Procedimiento Civil y rechazó la solicitud de liquidación forzosa. 2°.- Que la Ley 20.720 sobre Reorganización y Liquidación de Empresas y Personas establece un régimen recursivo especial, y con ocasión de la Liquidación Forzada, el inciso final del artículo 129 dispone: “La Resolución de Liquidación se notificará al Deudor, a los acreedores y a terceros por medio de su publicación en el Boletín Concursal y contra ella procederá únicamente el recurso de apelación, el que se concederá en el solo efecto devolutivo y gozará de preferencia para su agregación extraordinaria a la tabla, y para su vista y fallo. Contra el fallo de segunda instancia no procederá recurso alguno, sea ordinario o extraordinario”. 3°.- Que la resolución impugnada por esta vía se encuentra precisamente en la hipótesis descrita precedentemente, razón por la cual el recurso de nulidad no podrá ser acogido a tramitación. Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 767 y 782 del Código de Procedimiento Civil y 129 de la Ley 20.720, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo interpuesto por el abogado Antonio Fernando Rojas Araya, en representación del demandante, contra la resolución dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago con fecha cinco de julio del año en curso Regístrese y devuélvase, vía interconexión. N° 53.230-2022

Fallo

fallo de segunda instancia no procederá recurso alguno, sea ordinario o extraordinario”. 3°.- Que la resolución impugnada por esta vía se encuentra precisamente en la hipótesis descrita precedentemente, razón por la cual el recurso de nulidad no podrá ser acogido a tramitación. Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 767 y 782 del Código de Procedimiento Civil y 129 de la Ley 20.720, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo interpuesto por el abogado Antonio Fernando Rojas Araya, en representación del demandante, contra la resolución dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago con fecha cinco de julio del año en curso Regístrese y devuélvase, vía interconexión. N° 53.230-2022

Texto Completo (Preview)

1 2 Santiago, veintitrés de agosto de dos mil veintidós. Visto y teniendo presente: 1°.- Que en este procedimiento tramitado ante el Vigésimo Segundo Juzgado Civil de Santiago bajo el Rol C-7631-2019, caratulado “Serrano Consultores Limitada/ Pan Atlantic Bank and Trust Limited”, la demandante deduce casación en el fondo contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de esta ciudad por la cual se

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