INSTITUTO NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS C/ NN NN NN
Rol
Fecha
23 de septiembre de 2023
Materia
APREMIOS ILEGITIMOS COMETIDOS POR EMPLEADOS PÚBLICOS
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Visto y oído: Atendido el mérito de los antecedentes, esta Corte habiendo escuchando a los intervinientes y alegaciones aportadas en estrado, estos sentenciadores por unanimidad de sus integrantes es del parecer de confirmar la resolución en alzada en virtud de sus propios
Fundamentos
fundamentos entendiendo que el juez a quo ha razonado respecto de la innecesariedad de mantener medidas cautelares al imputado en esta causa en atención a su comportamiento, particularmente por la circunstancia de mantenerse arraigado y a disposición del tribunal durante las secuencias de la investigación. No se aprecia
Fallo
por tanto que estas cautelares que son además de mínima intensidad solicitadas por el Ministerio Público aporten respecto de los fines del procedimiento que se encuentran suficientemente garantizados. Por estas consideraciones, SE CONFIRMA la resolución apelada de fecha trece de septiembre de dos mil veintitrés, dictada por el Juzgado de Garantía de Villarrica. Agréguese lo resuelto a la carpeta digital y comuníquese por la vía más expedita. Devuélvase por interconexión. N°Penal-1202-2023.(ela)
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, veintitrés de septiembre de dos mil veintitrés. Al escrito de folio 4, a lo principal y otrosí: téngase presente. Al escrito de folio 5, a lo principal y otrosí: téngase presente. Visto y oído: Atendido el mérito de los antecedentes, esta Corte habiendo escuchando a los intervinientes y alegaciones aportadas en estrado, estos sentenciadores por unanimidad de sus integrant
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